miércoles, 28 de septiembre de 2005
Juzgado de Sustanciación de la Sala Político-Administrativa
Admitido recurso de nulidad contra acto dictado por la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial
Ver Sentencia

El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político-Administrativa admitió un recurso de nulidad presentado por Francisco Lamus Ramones, contra un acto dictado por la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, mediante el cual se le amonestó y suspendió por el lapso de 3 meses, sin goce de sueldo, en su condición de Juez integrante de la Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.




El 3 de diciembre de 2004, Lamus Ramones interpuso la referida acción contra el acto administrativo de fecha 5 de octubre de 2004, dictado por la mencionada Comisión mediante el cual "...amonesta y suspende por el lapso de tres (3) meses, sin goce de sueldo, a los ciudadanos Francisco Caracciolo Lamus Ramones (...) en su condición de Jueces integrantes de la Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, al encontrarlos responsables de las faltas disciplinarias previstas en el ordinal 11° del artículo 37 de la Ley Orgánica del Consejo de la Judicatura y en el ordinal 5° del artículo 38 de la Ley Orgánica del Consejo de la Judicatura."






Al ser revisadas por el Juzgado de Sustanciación las causales de inadmisibilidad contenidas en el aparte quinto del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, "y como quiera que no se encuentran presentes en este asunto, admite cuanto ha lugar en derecho la presente acción de nulidad", indica el auto de admisión.






En vista de la admisión se ordenó citar al Fiscal General de la República, al Presidente de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial y a la Procuradora General de la República, "remitiéndoles copias certificadas de la solicitud, de la documentación acompañada a ésta y del presente auto".






Finalmente, se ordenó entre otras cosas, librar el cartel a que se refiere el aparte once del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en el tercer día de despacho siguiente a aquél en que consten en autos las citaciones ordenadas.

Fecha de Publicación:
  28/09/2005

Pagina Web:
  

Correo Electrónico
  

Ir al tope

Recomendar esta página a un amigo(a)