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lunes, 10 de octubre de 2005 |
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En ponencia de Francisco Carrasquero |
Sin lugar amparo presentado por José Curiel contra decisión por supuesta violación a la Carta Magna |
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Ver Sentencia
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Dijo la Sala que el presente caso "no se trata del restablecimiento de una situación jurídica subjetiva, sino, por el contrario, el accionante busca que la Corte de Apelaciones se pronuncie sobre el fondo de la controversia, corrigiendo las presuntas violaciones de índole constitucional, cuando la función del Juez Constitucional, tal y como lo ha establecido nuestra doctrina Patria, es revisar la trasgresión de derechos fundamentales y ordenar el reestablecimiento de la situación jurídica infringida". |
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La Sala Constitucional, en ponencia del Magistrado Francisco Carrasquero López, declaró sin lugar la apelación ejercida por el abogado César José Curiel Hernández, en su carácter de defensor de José Curiel Rodríguez, contra la sentencia publicada el 16 de septiembre de 2004, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón y en consecuencia, confirmó la referida decisión.
El apelante realizó una solicitud de nulidad absoluta por violación expresa de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por usurpación de autoridad o funciones, motivado a que el Ministerio Público acordó disgregar la causa por auto del 10 de enero de 2002, en 07 expedientes correspondiéndole a cada uno de ellos los particulares denunciados, según la entidad afectada y formando cada uno expedientes separados.
El auto dictado por el Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal de esa misma Circunscripción Judicial, declaró sin lugar la solicitud presentada por la representación fiscal de prohibición de salida del país sin autorización y prohibición de enajenar y gravar bienes inmuebles, por no presumirse peligro de fuga ni de obstaculización con fundamento en el artículo 251, parágrafo primero del COPP y con fundamento en el principio de inocencia en cuanto a la propiedad del bien específico sobre el cual se había solicitado la medida y sin lugar la solicitud de nulidad de todas las actuaciones presentadas por la defensa.
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FUNDAMENTOS DEL DEMANDANTE |
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ARGUMENTARON VIOLACION FLAGRANTE A LA CONSTITUCION |
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NO SE TRATA DE RESTABLECER UNA SITUACION JURIDICA INFRINGIDA |
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Autor: |
Prensa TSJ |
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Fecha de Publicación: |
10/10/2005 |
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Pagina Web: |
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Correo Electrónico |
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