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viernes, 02 de diciembre de 2005 |
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Por concepto de saldo deudor de capital de los auxilios financieros |
Dictan cautelares por mas de 100 millardos a ex ejecutivos del grupo financiero Fiveca |
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Ver Sentencia
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La Sala Político-Administrativa ordenó dictar medida cautelar innominada, consistente en prohibir todo tipo de operaciones que involucren el traspaso de propiedad o gravámenes de bienes que aparezcan inscritos a nombre de los demandados
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La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia del Magistrado Emiro García Rosas, declaró procedentes las medidas cautelares solicitadas por el apoderado judicial del Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria (FOGADE), contra José Luis Revenga y otros, por concepto de saldo deudor de capital de los auxilios financieros que le fueron otorgados por ostentar la representación del coordinador responsable del Grupo Financiero Fiveca.
En este sentido el TSJ dictó a los ciudadanos: José Luis Revenga, Gustavo Caricote Starszy, Luis Wannoni Dupoy, Domingo Plaz, Germán Mellior Toledo, Pío Mongiat, Alfredo Toledo G., Ricardo Prats A., Isabel Teresa Márquez M., Ana Cristina González S., Rodrigo Ayala C., Luis Wannoni Lander, Bernardo Tovar T. y Alfredo Galán P., una serie de medidas cautelares entre ellas medida de embargo preventivo por el doble de la cantidad demandada y las costas estimadas en un treinta por ciento (30%) de la suma demandada, equivalente a la cantidad de ciento catorce mil ciento sesenta y nueve millones ochocientos siete mil quinientos veintisiete bolívares con cincuenta y tres céntimos (Bs. 114.169.807.527,53), sobre bienes muebles propiedad de los mencionados.
Igualmente, la Sala ordenó dictar medida cautelar innominada, consistente en prohibir todo tipo de operaciones que involucren el traspaso de propiedad o gravámenes de bienes que aparezcan inscritos a nombre de los demandados. A los efectos, ordenó oficiar al Ministro del Interior y Justicia lo conducente para que se dirija a todos los Registros y Notarias de la República Bolivariana de Venezuela, en brevísimo plazo, instruyéndolos respecto de esta medida innominada. La Sala precisó que el referido Ministro debe informar a la Sala de las resultas de lo ordenado.
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FOGADE ENTREGO DOCUMENTOS |
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SUMAS REQUERIDAS |
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Autor: |
PRENSA/TSJ |
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Fecha de Publicación: |
02/12/2005 |
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Pagina Web: |
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Correo Electrónico |
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