La Sala Constitucional en ponencia del magistrado Marcos Tulio Dugarte Padrón, declaró que se encuentra conforme a derecho la desaplicación que hizo el Tribunal Militar Segundo de Control del numeral 5 del artículo 593 del Código Orgánico de Justicia Militar, en la sentencia correspondiente al proceso penal que se sigue contra el Capitán (Ej) Javier Ignacio Quintero González, por la presunta comisión del delito de rebelión militar.
El numeral 5 del artículo 593 del Código Orgánico de Justicia Militar, dispone que una vez admitida la acusación, el Juez de Control debe remitir copia de las actas procesales al Presidente de República Bolivariana de Venezuela para que resuelva sobre la continuación o no del proceso marcial, como consecuencia de ello, admitió totalmente la acusación fiscal y ordenó la apertura del juicio oral y público al Capitán (Ej) Javier Ignacio Quintero González.