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viernes, 07 de abril de 2006 |
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Ponencia de la magistrada Blanca Rosa Mármol de León |
Sala de Casación Penal declaró procedente solicitar extradición de ciudadano venezolano al Gobierno de Curazao |
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Ver Sentencia
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La Sala ordenó remitir copia certificada de la decisión y de las actuaciones que conforman el expediente al Ministerio de Interior y Justicia, a tenor de lo dispuesto en el artículo 393 del Código Orgánico Procesal Penal, además ordenó remitir copia de lo actuado al Ejecutivo Nacional
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La Sala de Casación Penal, con ponencia de la magistrada Blanca Rosa Mármol de León, declaró procedente solicitar la extradición de Luis Andrés López Carnicer, imputado por la comisión de los delitos de homicidio calificado y porte ilícito de arma de fuego en agravio de David Antonio Pereira Osman, al Gobierno de Curazao.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 392 del Código Orgánico Procesal Penal, la Sala del Máximo Tribunal se pronunció sobre la procedencia o no de la solicitud de extradición activa de López Carnicer, realizada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, a cargo de la Juez Lila Valera de Sequera, el 8 de noviembre de 2005.
En el presente caso el mencionado Tribunal de Primera solicitó que se tramite la extradición activa de López Carnicer, de nacionalidad venezolana, porque según comunicación emanada de la División de Investigaciones de la Dirección de Policía Internacional (Interpol-Caracas) del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, se informó que él se encuentra presumiblemente en la Isla de Curazao, toda vez que el Ministerio Público le imputó la comisión de los delitos de homicidio calificado y porte ilícito de arma de fuego en agravio de David Antonio Pereira Osman.
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BASAMENTO JURÍDICO DE LA EXTRADICIÓN |
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CONSIDERACIONES PARA DECIDIR |
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Autor: |
Prensa TSJ |
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Fecha de Publicación: |
07/04/2006 |
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Pagina Web: |
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Correo Electrónico |
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