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miércoles, 31 de mayo de 2006 |
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La instancia también decidió admitir el expediente presentado |
Sala Constitucional se declaró competente para conocer recurso ejercido por ex Alcaldesa de Carabobo |
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Ver Sentencia
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La solicitud de nulidad presentada tiene que ver con los procedimientos para la determinación de la responsabilidad administrativa, la imposición de multas o la formulación de reparos
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La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia del magistrado Jesús Eduardo Cabrera, se declaró competente para conocer sobre el recurso ejercido por la ex alcaldesa del municipio carabobeño de Naguanagua, Dilia Sayago de Moreno, asistida por el abogado Tulio Álvarez, quien demandó la nulidad por razones de inconstitucionalidad del artículo 117 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal.
Como parte de la decisión, la Sala también consideró admitir este recurso, declaró sin lugar el amparo cautelar solicitado por la demandante y ordenó remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación, a los fines de la continuación del procedimiento en el presente recurso de nulidad, tomando en consideración lo dispuesto en la sentencia N° 1645/2004. Por otra parte, ordenó la acumulación de la presente causa al expediente signado con el Nº 04-1302, con el objeto de que una sola decisión abarque las tres causas relacionadas a esta nulidad y en consecuencia pidió suspender el curso de la causa que previno, hasta tanto la presente causa se encuentre en el mismo estado.
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ANTECEDENTES |
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ALEGATOS DE LA PARTE ACTORA |
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CONSIDERACIONES Y DECISIÓN DE LA SALA |
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Autor: |
PRENSA/TSJ |
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Fecha de Publicación: |
31/05/2006 |
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Pagina Web: |
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Correo Electrónico |
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