lunes, 05 de junio de 2006
Dictamen de la Sala de Casación Social
Parcialmente con lugar demanda presentada por dos ex trabajadores contra aerolínea de pasajeros
Ver Sentencia

Antes de pronunciarse sobre el fondo del presente caso, la Sala del Máximo Tribunal del país anuló una sentencia dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, por vulnerar el artículo 243, ordinal 5° del Código de Procedimiento Civil, norma que se debe aplicar por analogía, en conformidad con el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo

ANTECEDENTES DEL CASO

En el presente caso el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, el 8 de marzo de 2005 declaró parcialmente con lugar la demanda, sin embargo, el 13 de mayo de 2005 el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial, declaró con lugar un recurso de apelación interpuesto por la parte codemandada y parcialmente con lugar la demanda, modificando el fallo apelado, por lo que la parte demandante presentó recurso de control de la legalidad. Al estudiar el recurso de control de la legalidad presentado, la Sala del Máximo Tribunal observó que el Juzgado Superior tergiversó la defensa del demandado, al fundamentar su decisión conforme a un supuesto no alegado en la contestación, siendo el fallo impugnado "no congruente con los términos en que fue planteada la controversia en infracción del artículo 243, ordinal 5° del Código de Procedimiento Civil, norma que se debe aplicar por analogía, en conformidad con el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el cual, aunque no fue expresamente denunciado, constituye una disposición de orden público legal".


DECISIÓN DE LA SALA

En vista de lo anterior, de conformidad con lo previsto en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala anuló la sentencia impugnada y procedió a decidir el fondo de la controversia, declarando parcialmente con lugar la demanda, por lo que se condenó a Empreavensa y Avensa, a pagar a Olga Margarita Pérez de Salazar, la cantidad de Bs. 34.013.299,99, por concepto de indemnización de antigüedad, bono de transferencia, indemnización por despido injustificado, indemnización sustitutiva del preaviso, vacaciones vencidas, vacaciones fraccionadas, bono vacacional, bono vacacional fraccionado, utilidades, utilidades fraccionadas y los salarios no cobrados de los meses mayo y junio de 2002 y la primera quincena del mes de julio de 2002, más la indexación y los intereses de mora que resulten de la experticia complementaria del fallo. Las referidas sociedades mercantiles deberán pagar por su parte a Julián Antonio Salazar Alvarado, la cantidad de Bs. 19.200.838,92, por concepto de antigüedad, bono de transferencia, indemnización de antigüedad, vacaciones vencidas, vacaciones fraccionadas, bono vacacional, bono vacacional fraccionado, utilidades correspondiente al año 2000 y utilidades fraccionadas, más la indexación y los intereses de mora que resulten de la experticia complementaria del fallo. Finalmente la Sala de Casación Social ordenó remitir el expediente a la Coordinadora Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Vargas para que lo remita al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial, para su ejecución.


Autor:
  Prensa TSJ

Fecha de Publicación:
  05/06/2006

Pagina Web:
  

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