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martes, 06 de junio de 2006 |
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En decisión de Sala Constitucional |
Procedente extensión de medida cautelar innominada solicitada por PDVSA |
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El apoderado judicial de la accionante fundamentó la extensión de la tutela constitucional acordada visto que como extensión de la medida cautelar innominada acordada por esta Sala, solicita la inmovilización de las cuentas de Rosa Arelis Natera, cuya titular es Nubis Velásquez, ambas del Banco Mercantil; que se constató que Juan Carlos Rendón giró de su cuenta un cheque por un monto de 300 millones de bolívares a favor de Wilson Gómez Araque, igualmente apoderado de la parte accionante en el proceso de amparo recurrido, y quien, una vez hecho efectivo el indicado cheque, lo depositó íntegramente en la cuenta de Natera; que en la referida inspección judicial se verificó que el 23 de enero del presente año, Rendón giró cheque por un monto de 500 millones de bolívares contra su cuenta corriente a favor de Velásquez. |
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La Sala Constitucional, en ponencia del magistrado Francisco Carrasquero López, declaró procedente la extensión de la medida cautelar innominada solicitada y, en consecuencia, se acordó el embargo preventivo de la cuentas de ahorro nº 7687-00783-2 del Banco Mercantil, C.A. Banco Universal, a nombre de Rosa Arelis Natera, hasta por la cantidad de 500 millones de bolívares; así como de la cuenta corriente nº 0054-17976-9, 2 del Banco Mercantil, C.A. Banco Universal, a nombre de Nubis Velázquez, hasta por la cantidad de 300 millones de bolívares, hasta tanto se resuelva la acción de amparo de autos.
Igualmente se ordenó la notificación del presente fallo al Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil ?Bienes- de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, con competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental. Del mismo modo, se ordenó notificar del presente fallo a Juan Carlos Rendón Velázquez, Rosa Arelis Natera y Nubis Velásquez.
Esta decisión surgió a raíz de la solicitud de marzo de 2006, cuando Antonio Guerrero Araujo, identificado en autos, en su carácter de apoderado judicial de Petróleos de Venezuela, S.A. (Pdvsa), consignó escrito de reforma de la acción de amparo constitucional interpuesta en 25 de enero del año en curso, contra María Pino Paredes, Juez Accidental del Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil ?Bienes- de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental. Adicionalmente, solicitó la extensión de la medida cautelar innominada dictada mediante sentencia nº 173/2006 del 9 de febrero.
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DE LA REFORMA DEL ESCRITO DE AMPARO |
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DE LA EXTENSIÓN DE LA MEDIDA CAUTELAR |
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MOTIVACIÓN PARA DECIDIR |
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OBSERVACIONES DE LA SALA |
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SALA JUZGÓ PROCEDENTE LA EXTENSIÓN DE MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA |
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Autor: |
Prensa TSJ |
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Fecha de Publicación: |
06/06/2006 |
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Pagina Web: |
http://www.tsj.gov.ve/decisiones/scon/Junio/1118-060606-06-0127.htm |
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Correo Electrónico |
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