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jueves, 08 de junio de 2006 |
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Dictan charla sobre el desarrollo y alcances de la Lopna |
Magistrado Juan Rafael Perdomo impulsa creación de los Defensores Escolares para mediar en los conflictos estudiantiles |
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El vicepresidente de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia y coordinador de la Comisión para la Reforma e Implementación de la Ley Orgánica del Niño y Adolescente (Lopna), Juan Rafael Perdomo y la jueza coordinadora del Circuito Judicial de Protección, Beatriz López Castellano, asistieron al Colegio Santo Tomás de Aquino, ubicado en Campo Alegre, con la finalidad de ofrecer una charla sobre los antecedentes y alcances del citado instrumento jurídico.
Durante cuatro horas los juristas compartieron sus conocimientos sobre la materia con los docentes de todos los niveles académicos del centro docente, encabezados por su director Vidal Ortega.
Los educadores tuvieron la oportunidad de aclarar sus inquietudes sobre la aplicación de la Lopna, ya que en su criterio, la ley está siendo malinterpretada por algunos representantes de la comunidad estudiantil que lejos de utilizarla como mecanismo de defensa de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, es ejercida como arma para coaccionar a los maestros y maestras, lo que trae graves problemas de incumplimiento de las normas de la institución.
El magistrado, recordando su trayectoria de maestro y su experiencia como profesor universitario, hizo un recorrido sobre los antecedentes históricos y jurídicos de la Lopna, que se inicia con las normas internacionales para la protección, entre ellas, la Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer, del 20 de diciembre de 1952; la Declaración de los Derechos del Niño (20 de noviembre de 1959); la Convención sobre los Derechos del Niño (1989), entre otros, que son recogidos para fundamentar la defensa de los derechos humanos de ese sector de la población tan vulnerable como lo es la de los niños, niñas y adolescentes.
Indicó el vicepresidente de la Sala Social que tanto la sociedad como el Estado están obligados a compartir, estudiar y difundir el contenido de esos instrumentos internacionales, cuya finalidad última es la de la protección del sector de la población antes referido, y en este sentido fue enfático al señalar que en todas las instituciones educativas se debe impulsar la formación de la figura de los Defensores Escolares, para que sean estos quienes colaboren en la mediación de los conflictos que surgen dentro de las comunidades estudiantiles.
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CONOCIMIENTO DE LAS NORMAS PERMITE SU DESARROLLO |
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CONSTITUCION RECOGE EL PARADIGMA DE DEFENSA INTEGRAL |
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Fecha de Publicación: |
08/06/2006 |
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Pagina Web: |
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Correo Electrónico |
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