jueves, 08 de junio de 2006
Por sentencia que anuló artículos de la Ley sobre la Violencia contra la Mujer
Presidenta de la Sala Constitucional atendió inquietudes de mujeres que protestaron ante el TSJ
La presidenta de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, magistrada Luisa Estella Morales, acompañada de su colega, la también magistrada de dicha Sala, Carmen Zuleta de Merchán, atendieron en horas del mediodía de este jueves, al grupo de mujeres que se presentó a las puertas de la sede judicial para protestar contra una sentencia que anuló artículos de la Ley contra la Violencia hacia la Mujer, fallo que en opinión de las manifestantes "atenta contra sus derechos y constituye un grave retroceso jurisprudencial".

En el fallo, la Sala Constitucional. en ponencia del magistrado Pedro Rondón Haaz (con el voto a favor de 5 magistrados y el voto salvado de 2 magistradas) declaró parcialmente con lugar la demanda de nulidad introducida dos años antes por el Fiscal General de la República, Isaías Rodríguez, contra la Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia (LVCMF). En consecuencia la Sala declaró la nulidad del artículo 34 in fine y del precepto que surge de la aplicación conjunta de los artículos 39, cardinal 3, y 32, cardinales 1 (en lo que se refiere al Juez de Paz), 3, 4, 5 de la Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia.

Por esta razón, explicaron las voceras de las manifestantes, "las medidas cautelares de protección a mujeres víctimas de violencia intrafamiliar no pueden ser tomadas por Juzgados de Paz, Prefecturas y Jefaturas Civiles, Órganos de Policía o Ministerio Público, como se había estado haciendo hasta el momento, restringiéndose esa acción a los Juzgados de primera instancia en lo penal quienes, según el dictamen, no podrán nunca emitir la orden de arresto transitorio del agresor por las 72 horas previstas en la ley"


SE DARA UNA RESPUESTA OPORTUNA EN EL MARCO DE LA LEY

La magistrada Morales Lamuño, acompañada de la magistrada Carmen Zuleta y del Secretario de la Sala Constitucional, José Leonardo Requena, aprovechó la oportunidad para conversar con las manifestantes, entre las que se encontraba la presidenta del Instituto Nacional de la Mujer, María León, quien pidió al TSJ y a la Sala Constitucional que rectifique; así como la viceministra de Protección Ciudadana, Ely de Navas y la diputada Gabriela Ramírez, de la Comisión Permanente de Familia, Mujer y Juventud de la Asamblea Nacional quien explicó que introdujeron ante la Sala Constitucional un recurso de interpretación sobre el tema de la flagrancia. En este sentido recordó la parlamentaria que recientemente el TSJ declaró la inconstitucionalidad del artículo de la Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia que permitía a organismos administrativos ordenar medidas cautelares que incluían la detención del agresor de la mujer o de los menores La titular de la Sala Constitucional también atendió a los periodistas de la fuente judicial que acudieron a cubrir la manifestación a los que señaló que decidió bajar de su despacho para oír de manera directa las inquietudes de las manifestantes "para dar una respuesta en justicia a lo que ellas plantean, por supuesto dentro del marco de la legalidad y de lo que debe ser el debido proceso". Al ser consultada sobre el referido recurso de interpretación dijo que efectivamente ante la Secretaría de la Sala, la diputada Gabriela Ramírez interpuso un recurso que debe ser valorado en su oportunidad, "una vez que sea designado el ponente nosotros podremos analizarlo y es entonces que daremos una respuesta; no se olviden que la Sala Constitucional, dentro de sus normas, tiene la no revisión de sus decisiones, no obstante eso no quiere decir que se agote un tema o una interpretación en un solo fallo". Precisó que el ordenamiento jurídico hay que verlo en su integridad, "de una manera total y no desde la óptica de un solo artículo o norma, y dentro de ese esquema de interpretación de la Sala Constitucional puede dar la oportunidad que se resuelva los asuntos sin necesidad de incurrir en la revisión de la sentencia, lo que no está establecido para la Sala Constitucional". Por otra parte, al ser consultada sobre cómo el Estado venezolano puede buscar mecanismos para defender a la mujer de la violencia, "en la misma sentencia podrán ver que existen otros mecanismos que han quedado vigentes solamente se ha tocado un numeral que es el referido al arresto sin previo proceso, entonces el problema no está en la protección Estadal sino en el punto específico de la flagrancia".


RECURSO DE INTERPRETACIÓN

La Diputada Gabriela Ramírez presidenta de la Comisión de Mujer, familia y Juventud de la Asamblea Nacional introdujo ante la Sala Constitucional un recurso de interpretación de conformidad con los artículos 335,266.6, 334 y 336 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, respecto del contenido del artículo 44.1, su relación con lo dispuesto en los artículos 43,46 y 55 de dicho texto constitucional y la interpretación asentada por la Sala Constitucional en sentencias 2580?2001 y 972-2006. La parlamentaria señaló que "este recurso de interpretación tiene como propósito que estudien la flagrancia en los casos de violencia doméstica para que se iluminen un poco las áreas oscuras. Sabemos que la sentencia de la Sala Constitucional es firme e inapelable pero queremos que los Magistrados confronten un poco sobre la realidad de la flagrancia dentro de cuatro paredes, esos delitos que se cometen de manera oculta, que no los ve la mayoría, o que la gente asume culturalmente como problemas de marido y mujer, y que culmina en una mujer muerta y un vecindario que sabía que esa mujer estaba siendo agredida pero no se pudo lograr la flagrancia". Ramírez señala que el propósito de su escrito ante la Sala Constitucional es que a partir de la flagrancia en materia de violencia doméstica se le haga un alcance a la sentencia que permita restituir los derechos de la mujer y fundamentalmente el derecho a la vida, "intervenir de forma oportuna y eficazmente para prevenir y evitar situaciones delictivas lamentables en el entorno familiar, en el entendido que la dinámica en materia de violencia doméstica en cíclica y se incrementa gradualmente".


Fecha de Publicación:
  08/06/2006

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