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jueves, 29 de junio de 2006 |
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Dictamen de la Sala Político-Administrativa |
Inadmisible recurso de interpretación de 3 artículos de la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión |
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Ver Sentencia
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La Sala del máximo Tribunal constató que a través de la interposición del recurso, específicamente con la interpretación de los artículos 13 y 15, los solicitantes pretendían obtener una opinión que influyera sobre un pronunciamiento posterior de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo en el expediente N° AP42-N-2006-000038, no cumpliéndose con uno de los requisitos de admisibilidad |
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Con ponencia del magistrado Levis Ignacio Zerpa, la Sala Político-Administrativa declaró inadmisible una solicitud de interpretación de los artículos 9, 13 y 15 de la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión, la cual fue presentada el pasado 28 de abril por María Díaz Marín, Rudy Almarza, Duaner Freire, Leonor Aquerreta y Mercedes Aguilar, actuando en nombre propio y en su condición de miembros del Directorio de Responsabilidad Social, representante principal por el Ministerio de Comunicación e Información (Minci), representante suplente por el Ministerio de la Cultura, representante suplente por el Instituto para la Defensa y Educación del Consumidor y del Usuario (Indecu), representante suplente por el Ministerio de Educación y Deportes y representante principal por el Instituto Nacional de la Mujer (Inamujer), respectivamente. |
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LA SOLICITUD PRESENTADA |
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PRONUNCIAMIENTO DE LA SALA |
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Autor: |
Prensa TSJ |
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Fecha de Publicación: |
29/06/2006 |
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Pagina Web: |
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Correo Electrónico |
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