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martes, 01 de agosto de 2006 |
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Ordenan publicar fallo en la Gaceta Oficial |
Sala Constitucional deroga tácitamente numeral 1° del artículo 32 de la Ley de Timbre Fiscal |
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Ver Sentencia
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El numeral 1 del artículo 32 de la Ley de Timbre Fiscal, establece que las representaciones, actuaciones, sustanciaciones o sentencias en los asuntos que conozcan los Tribunales de la República con las excepciones establecidas por las leyes deben extenderse en papel sellado |
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La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia de la magistrada Carmen Zuleta de Merchán, derogó la norma contenida en el numeral 1° del artículo 32 de la Ley de Timbre Fiscal, conforme al cual "las representaciones, actuaciones, sustanciaciones o sentencias en los asuntos que conozcan los Tribunales de la República con las excepciones establecidas por las leyes" deben extenderse en papel sellado, ya que éste quedó derogado tácitamente luego de la entrada en vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, conforme lo establecido en la Disposición Derogatoria Única del aludido texto fundamental.
El anterior pronunciamiento se desprendió de la declaración ha lugar del recurso de revisión interpuesto por el coapoderado judicial de, José Antonio Vargas López, contra una decisión de la Sala Social del Alto Tribunal que declaró perecido el recurso de casación anunciado contra una decisión dictada, el 9 de agosto de 2005, por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, ante una demanda por cobro de prestaciones sociales contra Distribuidora Polar Centro Occidental, S.A.
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DENUNCIARON QUE FALLO VIOLO POSTULADO CONSTITUCIONAL |
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ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN |
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ARTICULO 26 DE LA CARTA MAGNA GARANTIZA LA JUSTICIA |
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ORDENAN PUBLICAR EL FALLO EN LA GACETA OFICIAL |
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Autor: |
Prensa TSJ |
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Fecha de Publicación: |
01/08/2006 |
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Pagina Web: |
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Correo Electrónico |
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