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jueves, 10 de agosto de 2006 |
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Se mantienen medidas de aseguramiento de inmuebles |
Sala Penal radica en el estado Lara juicio por ocultamiento de productos químicos utilizados para fabricar estupefacientes |
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Ver Sentencia
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia de su presidente magistrado Eladio Aponte Aponte, el voto concurrente de la magistrada Miriam Morandy Mijares y el voto salvado de la magistrada Blanca Rosa Mármol de León, declaró con lugar la solicitud de avocamiento y en consecuencia ordenó la reposición de la causa que guarda relación con el juicio que cursa ante el Tribunal Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control del estado Táchira, por la supuesta comisión de los delitos de ocultamiento de productos químicos esenciales desviados para la producción de estupefacientes y psicotrópicos, y legitimación de capitales, tipificados en los artículos 34 y 37 de la derogada Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, respectivamente.
El TSJ al declarar con lugar la solicitud de avocamiento propuesta por los abogados defensores de Santiago Adolfo Villegas, Iván Leal Suárez, Luis Armando Márquez Delgado y Jesús Manuel García Fuentes, decreta la nulidad de las audiencias de presentación del 25 y 29 de septiembre de 2005 y del 20 y 27 de octubre de 2005, asimismo anula la audiencia preliminar realizada el 6 de abril de 2006.
La Sala Penal también ordenó mantener los efectos de las órdenes de aprehensión dictadas el 22 y 26 de septiembre de 2005 y el 25 de octubre de 2005, en contra de Santiago Adolfo Villegas Delgado, Alcides Ocampo Franco, Gustavo Enrique Quiroz Montoya, Consuelo Sánchez Franco, Michael Vargas Sánchez, Ángel Eladio Duque, Renato Laporta Rodríguez, Didier Contreras Camargo, Oscar Duarte Ramírez, Iván Leal Suárez, Luis Márquez Delgado y Jesús Manuel García Fuentes, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Penal del estado Táchira.
Por otra parte, la Sala declara sin lugar, las solicitudes de avocamiento propuestas, por los defensores privados de Didier Enrique Contreras Camargo y Oscar Duarte Ramírez y por los representante legales de la Sociedades Mercantiles Agropecuaria Villa Consuelo C.A., Agropecuaria Manzanares de Navay C.A., Agropecuaria Hato La Cañada Avileña C.A., y de Guillermo Iván Ocampo.
De igual forma se mantienen las medidas cautelares preventivas de aseguramiento e inmovilización, que fueron decretadas por el Tribunal Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control Penal del estado Táchira, en contra de los bienes muebles e inmuebles y cuentas bancarias de los imputados y se ordena la sustitución de los depositarios judiciales, quedando designados el Ministerio de la Salud, el Ministerio de Industrias Básicas y Comercio, el Ministerio de Agricultura y Tierra, y la Corporación Venezolana Agraria.
Así mismo la causa se radicó en el circuito judicial penal del estado Lara y se ordenó remitir el expediente al presidente del mismo circuito judicial penal, para su distribución correspondiente y se proceda a cumplir con lo aquí señalado.
La Sala Penal también ordenó remitir la copia certificada del fallo al Fiscal General de la República, Julián Isaías Rodríguez Díaz.
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IMPUGNAN AUTO QUE MATERIALIZA MEDIDAS CONTRA BIENES |
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SOBRE EL DEBIDO PROCESO |
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PODIAN HABERSE DICTADO CAUTELARES SUSTITUTIVAS |
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VOTO SALVADO: NO TUVIERON ACCESO A LA INVESTIGACION |
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Fecha de Publicación: |
10/08/2006 |
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Pagina Web: |
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Correo Electrónico |
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