|
jueves, 10 de agosto de 2006 |
|
Había sido desaplicado por la Sala Político-Administrativa |
Sala Constitucional declaró "la constitucionalidad del artículo 205 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones" |
|
|
La Sala del máximo Tribunal del país concluyó que el artículo 205 de la mencionada Ley es "plenamente compatible con los postulados constitucionales que han sido abordados en este fallo" |
|
La Sala Constitucional, con ponencia de su vicepresidente, magistrado Jesús Eduardo Cabrera y el voto salvado de su colega Pedro Rondón Haaz, declaró "la constitucionalidad del artículo 205 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, el cual fuera desaplicado por la Sala Político-Administrativa de este Tribunal Supremo mediante sentencia N° 06292, de 23 de noviembre de 2005; con ocasión de la acción contencioso-administrativa de anulación interpuesta por Corpomedios G.V. Inversiones, C.A. (Globovisión), contra la providencia administrativa emanada de la Dirección General de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, el 5 de diciembre de 2003, distinguida con el alfanumérico PADS-385".
Según se desprende de la sentencia de la Sala Constitucional, mediante oficio N° 0012 del 7 de diciembre de 2005, la Sala Político-Administrativa del máximo Tribunal remitió a la primera de las nombradas copia certificada de la decisión dictada por la Sala Político-Administrativa el 23 de noviembre de 2005, la cual desaplicó por control difuso la constitucionalidad del artículo 205 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones (LOT).
|
|
LO ESTABLECIDO EN LA NORMA EN CUESTIÓN |
|
|
|
INTERES DE RESGUARDO OBJETIVO DE LA NORMA |
|
|
|
VOTO SALVADO |
|
|
|
Autor: |
Prensa TSJ |
|
Fecha de Publicación: |
10/08/2006 |
|
Pagina Web: |
|
|
Correo Electrónico |
|
|
|
|
Recomendar esta página a un amigo(a) |
|