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lunes, 25 de septiembre de 2006 |
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Sala Civil del TSJ dictó la sentencia |
Declaran competente a juzgado superior en lo civil para decidir en juicio contra Instituto de la Vivienda |
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Ver Sentencia
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La Sala también decidió declarar la nulidad del fallo recurrido así como la de las actuaciones hechas ante el juzgado primero en lo civil con sede en San Juan de Los Morros |
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La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia del magistrado Antonio Ramírez Jiménez, declaró competente al juzgado superior en lo civil y contencioso administrativo de la región central con sede en Maracay para que conozca y tome una decisión en relación al juicio emprendido por José Nicolás Felizola Gimón contra el Instituto Autónomo de la Vivienda del estado Guárico (Iaveg) por estimación e intimación de honorarios profesionales, intentado por ante el juzgado primero de primera instancia en lo civil, mercantil, bancario y del tránsito de la circunscripción judicial del estado Guárico, con sede en San Juan de Los Morros.
Se trata de un juicio emprendido por el cobro de honorarios profesionales en el que el demandante interpuso un recurso de apelación, sobre el cual fue remitido el expediente al juzgado superior en lo civil, mercantil, bancario, del tránsito y protección del niño y del adolescente de la misma circunscripción judicial y sede, el cual mediante decisión del 22 de febrero de 2006, se declaró incompetente en la materia para conocer la causa y declaró competente al juzgado superior en lo civil y contencioso administrativo de la región central con sede en Aragua.
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LA DEMANDA TIENE QUE VER CON UNA EMPRESA DEL ESTADO |
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SOBRE LA COMPETENCIA DE LA INSTANCIA |
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DECISIÓN FINAL DE LA SALA |
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Autor: |
PRENSA/TSJ |
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Fecha de Publicación: |
25/09/2006 |
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Pagina Web: |
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Correo Electrónico |
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