miércoles, 01 de noviembre de 2006
Juzgado de Sustanciación de la Sala Político-Administrativa
Admiten recurso de nulidad interpuesto contra Resolución del Ministerio de la Defensa
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El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político-Administrativa, admitió en cuanto ha lugar en derecho la acción de nulidad interpuesta por Carlos Julio García Vásquez, contra el recurso contencioso administrativo de nulidad que intentara el mencionado ciudadano, contra "el acto contentivo del resuelto de baja disciplinaria del 30 de mayo de 2003, N° DG-21142, publicado en el diario universal de fecha 26 de junio de 2003, dictado por el Ministro de la Defensa".

En el curso del proceso la Sala Político-Administrativa, en un fallo emitido, declaró con lugar la apelación planteada por el abogado Fidel Montañez, actuando en su carácter de apoderado de García Vásquez, contra el auto dictado por el Juzgado el pasado 16 de mayo de 2006, que declaró inadmisible el recurso contencioso administrativo de nulidad que intentara el mencionado ciudadano, contra "el acto contentivo del resuelto de baja disciplinaria del 30 de mayo de 2003, N° DG-21142, publicado en el diario El Universal del 26 de junio de 2003", dictado por el Ministro de la Defensa; y, en consecuencia, revocó el referido auto ordenando la remisión del expediente al referido despacho "a los fines de que examine nuevamente los requisitos de admisibilidad del recurso, con prescindencia del examinado [caducidad] en el presente fallo"

El Juzgado, visto lo anterior, y una vez revisadas las causales de inadmisibilidad contenidas en el aparte quinto del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, salvo la relativa a la caducidad ya examinada, y como quiera que no las encontró presentes en este asunto, admitió cuanto ha lugar en derecho la aludida acción de nulidad, interpuesta por García Vásquez, contra la Resolución Ministerial Nº DG-21142, mediante la cual se pasó "a la situación de retiro al ciudadano antes indicado, de conformidad con lo establecido en el Artículo 240 literal g) de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas Nacionales, declarándose cerrado el consejo de investigación, de acuerdo al Artículo 50 del Reglamento de los Consejos de Investigación".

En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el aparte once del artículo 21 de la Ley Orgánica del TSJ, se ordenó citar al Fiscal General de la República, Ministro de la Defensa y Procuradora General de la República, remitiéndoles copias certificadas de la solicitud, de la documentación acompañada a ésta, de la decisión Nº 01898 y del presente auto.

Igualmente, el Juzgado libró el cartel a que se refiere el aparte once del referido artículo 21, en el tercer día de despacho siguiente a aquél en que conste en autos las citaciones ordenadas.

De conformidad con lo dispuesto en el aparte diez del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, el Juzgado, acordó solicitar al Ministro de la Defensa, el expediente administrativo relacionado con este juicio.



Fecha de Publicación:
  01/11/2006

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