viernes, 10 de noviembre de 2006
Continúan las mesas de trabajo
Discutida la creación de un estatuto del Coordinador Nacional en la Primera Reunión Preparatoria de la XIV Cumbre Judicial Iberoamericana
Con el referido estatuto se establecería el régimen de capacitación de los coordinadores nacionales (por ejemplo a cargo de la Secretaría Permanente, con ocasión de cada primera reunión preparatoria)



Margarita, estado Nueva Esparta (Especial).- En la mesa de trabajo efectuada esta mañana en la Primera Reunión Preparatoria de la XIV Cumbre Judicial Iberoamericana, este viernes se debatió la creación de un estatuto del Coordinador Nacional, con el cual se pretende fortalecer la estructura organizativa de la CJI, además de dotar a la figura del Coordinador Nacional de la Cumbre de un estatuto que defina con precisión su función, sus derechos y obligaciones, así como su legitimación frente a las instituciones del estado miembro y frente a las instituciones internacionales o de otros Estados.

Se indicó en la mesa de trabajo integrada por los altos representantes de los poderes judiciales de los 23 países participantes, que las normas de funcionamiento de la Cumbre han previsto y regulado la figura del Coordinador Nacional, quien asume funciones de enlace entre el miembro respectivo y las secretarías permanente y pro tempore, comprometiéndose a facilitar cuantos datos permitan una rápida y fluida comunicación entre ellos y a informar de cualquier incidencia que pueda afectar al desempeño de las funciones encomendadas.

Según las referidas normas de funcionamiento sobre cada Coordinador Nacional, en el ámbito de su respectiva institución y país, recae la responsabilidad de dar seguimiento a las declaraciones, decisiones, recomendaciones y proyectos de la Cumbre, así como promover su más completa divulgación en dicho ámbito, con especial atención a los jueces y magistrados nacionales.

En la propuesta debatida se consideró necesario perfilar un marco estatutario del Coordinador Nacional que regule sus más variadas dimensiones y perfile más detalladamente sus derechos y obligaciones. Tal regulación tendría la virtud, no sólo de acotar con mayor precisión la función y las atribuciones del Coordinador, sino también de dotarle ante las instituciones del propio país y de otras de naturaleza internacional, de una determinada legitimación y representatividad.


CREACIÓN DE LA RED DE COORDINADORES NACIONALES

El estatuto de Coordinación Nacional propuesto debería también crear la Red de Coordinadores Nacionales de la Cumbre Judicial Iberoamericana, por lo que se propusieron como siglas Redco o Redcon. La propuesta del mencionado estatuto debe cubrir algunos extremos, entre ellos, la determinación de la autoridad, a quién corresponde designar al Coordinador (probablemente la solución legal debería inclinarse por el Presidente o presidentes de las respectivas instituciones miembros de Cumbre); duración del mandato de los coordinadores nacionales (una propuesta razonable podría ser establecer un mandato mínimo coincidente con la edición de Cumbre, con posibilidad de nueva designación). También deberá establecer el estatuto todo lo referente a la remoción, estableciéndose la necesidad de justificación y motivación de la remoción; expedición de credenciales por parte de la Secretaría Permanente; responsabilidades del Coordinador en el ámbito interno de la Cumbre (custodia de documentos, asistencia a reuniones preparatorias junto con la delegación del país); régimen de capacitación de los coordinadores (por ejemplo a cargo de la Secretaría Permanente, con ocasión de cada primera reunión preparatoria).


OBJETIVOS DEL ESTATUTO

Con el estatuto del Coordinador Nacional se busca fortalecer la estructura organizativa de la Cumbre Judicial Iberoamericana, así como su visibilidad en los diferentes países miembros y en las instituciones internacionales, además de dotar a la figura del Coordinador Nacional de la Cumbre de un estatuto que defina con precisión su función, sus derechos y obligaciones, así como su legitimación frente a las instituciones del Estado miembro y a las internacionales o de otros Estados, además permitirá crear un espacio de concertación y diálogo entre coordinadores para cuestiones de interés común que afecten a la Cumbre. El proyecto para crear el estatuto del Coordinador Nacional se desarrollaría a partir de un grupo de trabajo del cual surgirá un primer borrador que sería analizado a lo largo de los diferentes talleres de trabajo, luego, el borrador final sería sometido a la reunión intermedia de coordinadores nacionales y una vez revisado o en su caso enmendado, sometido a la Asamblea Plenaria de presidentes para su aprobación.


Autor:
  PRENSA/TSJ

Fecha de Publicación:
  10/11/2006

Pagina Web:
  

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