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martes, 14 de noviembre de 2006 |
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La Sala actuó conforme al Código de Procedimiento Civil |
Declarado con lugar recurso propuesto en caso de demanda contra industria láctea |
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Ver Sentencia
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La Sala también acordó revocar el auto y admitir el recurso de casación anunciado contra la decisión del Juzgado Superior
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La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia de la magistrada Isbelia Pérez Velásquez, declaró con lugar el recurso de hecho propuesto contra el auto dictado por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 23 de mayo de 2006, referente al juicio intentado por la sociedad mercantil Almacenadora Equilus C.A. contra la sociedad de comercio Industria Láctea Venezolana, C.A. Indulac por cobro de bolívares.
En consecuencia de la anterior decisión, la Sala también acordó revocar dicho auto y admitir el recurso de casación anunciado contra la referida decisión del Juzgado Superior. Por tanto, a partir del día siguiente de la publicación del presente fallo, comenzará a correr el lapso de cuarenta (40) días para la formalización del recurso de casación, sin que haya lugar a término de la distancia, por cuanto la recurrida tiene su sede en la ciudad de Caracas, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 316 del Código de Procedimiento Civil.
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SOBRE LA CUANTÍA |
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DECISIÓN DE LA SALA |
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Autor: |
PRENSA/TSJ |
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Fecha de Publicación: |
14/11/2006 |
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Pagina Web: |
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Correo Electrónico |
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