martes, 23 de enero de 2007
Se requiere conocer si actualmente se está dando despacho
Ordenan al juez rector de Guárico remitir información sobre el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil
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La alta instancia judicial advirtió al Juez Rector de la entidad que la omisión de remitir la información requerida pudiera acarrear la aplicación de la sanción prevista en el artículo 23.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia



La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia del magistrado Francisco Carrasquero López ordenó al juez rector del estado Guárico remitir a esta instancia la información relativa a si el referido Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, con sede en Calabozo, está dando despacho y, en consecuencia, se encuentra prestando sus funciones jurisdiccionales en los actuales momentos.

Esta petición obedece a la acción de amparo constitucional interpuesta por Maritza Maigualida Franco de Rojas, contra la alcaldía del municipio Francisco de Miranda del estado Guárico, con ocasión del conflicto de competencia suscitado entre el referido órgano jurisdiccional y el Tribunal Primero de los municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Jerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del estado Guárico.

Es de resaltar que el 12 de enero de 2006 se recibió en la Sala el oficio fechado el 21 de diciembre de 2005 procedente del Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial de Guárico, a través del cual se remitieron las actuaciones contentivas de la acción de amparo interpuesta contra la Alcaldía.


ADVERTENCIA Y PETICIÓN DE LA SALA

De acuerdo a la situación presentada, la Sala Constitucional recordó que "de acuerdo con la doctrina de esta Máxima Instancia, el juez constitucional puede requerir la información que considere pertinente para la sustanciación de las causas sometidas a su conocimiento, en cuanto contribuya al esclarecimiento de los hechos acontecidos y, en tal sentido, en este caso en particular, resulta de vital importancia determinar si actualmente el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Guárico con sede en Calabozo, se encuentra otorgando despacho". Finalmente advirtió la máxima Sala del TSJ que la información se solicitó de conformidad con la norma contenida en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, por lo que se ordenó al juez rector de la mencionada entidad remitir a esa instancia la información requerida en el lapso de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del presente auto y así lo decretó.


Autor:
  PRENSA/TSJ

Fecha de Publicación:
  23/01/2007

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