martes, 06 de febrero de 2007
Sala Político-Administrativa del TSJ
Admiten pruebas presentadas por la Procuraduría General de la República en caso de destitución de alguacil
Ver Sentencia

El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político-Administrativa, admitió en cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegales e impertinentes, salvo su apreciación en la sentencia definitiva, las documentales y pruebas consignadas por la Procuraduría General de la Republica contra la sentencia N° 2006-002111, publicada el 17 de julio de 2006, dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, mediante la cual fue declarado, "con lugar el recurso de nulidad interpuesto por José Rodolfo Díaz (...), contra la Resolución N° 01-2000, dictada en fecha 13 de junio de 2000, por la presidenta del circuito judicial penal del estado Guárico".

La sentencia en cuestión ordenó la reincorporación del querellante, al cargo de alguacil adscrito al circuito judicial penal del estado Guárico, o a otro de igual o superior jerarquía para el que reúna los requisitos; y el pago de los sueldos dejados de percibir desde su destitución hasta la efectiva reincorporación, con las variaciones que haya experimentado en el tiempo, para lo cual se ordena la realización de una experticia complementaria del fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil.

En este sentido, el Juzgado admitió las documentales indicadas en los Capítulos identificados como Primero y Segundo del escrito de promoción de pruebas, los cuales se contraen a reproducir el mérito favorable de los autos; y, por cuanto dichos documentos cursan en autos, decidió mantenerlos en el expediente.

Visto el pronunciamiento respecto de la admisión de las pruebas promovidas, el Juzgado ordenó notificar a la Procuradora General de la República, a tenor de lo dispuesto en el artículo 84 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

En consecuencia, el Juzgado libró el correspondiente oficio anexando las copias certificadas de los referidos autos de admisión.





Fecha de Publicación:
  06/02/2007

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