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viernes, 16 de febrero de 2007 |
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Sentenció la Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social |
Sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el Instituto Nacional de Tierras |
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Ver Sentencia
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La Sala observó que la representación judicial de la parte accionada, pretende que sea declarada la perención de la Instancia en el presente caso, aún y cuando estuvo paralizada la causa, transcurrieron los seis meses a que hace referencia el artículo 193 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario |
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La Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social, en ponencia de su presidente, magistrado Omar Mora Díaz, declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el Instituto Nacional de Tierras, en contra del auto emanado del Juzgado Superior Tercero Agrario, ubicado en el estado Lara, en fecha 26 de mayo de 2006. Además se confirmó el auto objeto de apelación.
El Juzgado Superior Tercero Agrario, ubicado en el estado Lara, remitió a la Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social, el expediente contentivo del recurso de nulidad de acto administrativo ejercido con amparo cautelar, que sigue Nino Jesús Camacho Bethencourt, contra el acto administrativo originado en Resolución de Directorio de fecha 13 de mayo de 2005, adoptada en la Reunión N° 52/05, dictado por el Instituto Nacional de Tierras.
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LAPSO DE PERENCIÓN |
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PERENCIÓN DE LA INSTANCIA |
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Autor: |
Prensa TSJ |
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Fecha de Publicación: |
16/02/2007 |
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Pagina Web: |
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Correo Electrónico |
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