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lunes, 05 de marzo de 2007 |
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Denuncian omisión y violación de tutela judicial efectiva |
Sala Constitucional repuso causa en amparo contra el Ipasme |
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Ver Sentencia
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La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia del magistrado Pedro Rondón Haaz, declaró con lugar la apelación interpuesta contra un fallo del Juzgado Superior del Trabajo del estado Mérida, y en consecuencia ordenó la reposición de la causa que guarda relación con un recurso de amparo interpuesto contra el Instituto de Previsión y Asistencia Social para el Personal del Ministerio de Educación (IPASME).
La acción fue intentada por María Lucila Mora de Arellano quien denunció, en primer lugar, la presunta omisión del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Laboral de la Circunscripción Judicial de la citada entidad, para cuya fundamentación denunció la violación a los derechos a una tutela judicial efectiva, a la defensa, al debido proceso y de petición que acogieron los artículos 26, 49 y 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Hay que recordar que el 8 de febrero de 2006, el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Mérida juzgó sobre la pretensión que fue interpuesta y la declaró inadmisible, mediante sentencia contra la que apeló la quejosa el día 14 siguiente. El 15 de febrero de 2006, el Juzgado Primero Superior de Trabajo de la citada Circunscripción Judicial ordenó, sin un pronunciamiento sobre la apelación que fue intentada, la remisión del expediente continente de la causa al Tribunal Supremo de Justicia, Sala Constitucional, para el conocimiento del recurso que se ejerció.
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HAY QUE EVITAR LOS RETRASOS INNECESARIOS |
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OBSERVACIONES DE LA SALA PARA DECIDIR |
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Fecha de Publicación: |
05/03/2007 |
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Pagina Web: |
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