viernes, 16 de marzo de 2007
Citados el Fiscal General de la República, el Contralor General y la Procuradora
Admiten acción de nulidad contra artículos del Reglamento sobre los Concursos Públicos para la designación de los Contralores Distritales y Municipales
Ver Sentencia

El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político-Administrativa admitió en cuanto ha lugar en derecho la acción de nulidad interpuesta, contra "los artículos 14 numeral 2 y 33, puntos I y II, Ítem 1 de la Resolución N°01-00-000091 del 17 de febrero de 2006" , del Reglamento sobre los Concursos Públicos para la designación de los Contralores Distritales y Municipales, y los Titulares de las Unidades de Auditoría Interna de los Órganos del Poder Público Nacional, Estadal, Distrital y Municipal y sus Entes Descentralizados, dictado por Contralor General de la República, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela el 23 de febrero de 2006.

            El recurso, que fue interpuesto por Marisol Núñez González, asistida por la abogada Gisela León Castro, fue analizado por el Juzgado de Sustanciación de la Sala, y una vez revisadas las causales de inadmisibilidad contenidas en el aparte quinto del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, salvo la referida a la competencia, ya examinada en un fallo de la Sala Político-Administrativa, fue admitido cuanto ha lugar en derecho.

            En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el aparte once del artículo 21 de la citada ley orgánica, se ordenó citar al Fiscal  General de la República, Contralor General de la República y Procuradora General de la República, remitiéndoles copias certificadas del libelo, de la documentación acompañada a ésta, así como de la decisión N° 02602 y del presente auto.

            La citación de la  Procuradora General de la República se practicará con arreglo a lo ordenado en el artículo 84 del Decreto con Fuerza  de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

            Igualmente el Juzgado de Sustanciación libró el cartel a que se refiere el aparte once del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en el tercer día de despacho siguiente a aquél en que conste en autos las citaciones ordenadas.

 

SOBRE LA MEDIDA CAUTELAR

            En cuanto a la solicitud de que se decrete medida cautelar innominada referida a la "inaplicación de los artículos 14 ordinal 2° y 33 puntos I y II, Ítem 1 del impugnado Reglamento en celebración de los actuales Concursos para optar al cargo de Contralor Municipal y se apliquen las disposiciones consagradas a los mismos efectos en los artículos 13 referente a los requisitos para participar en el concurso y 31 el Baremo, en la Resolución N° 01-00-248, del 4 de noviembre de 2005, que contiene el Reglamento sobre los Concursos Públicos para la designación de los Contralores Distritales y Municipales, y los Titulares de las Unidades de Auditoria Interna de los Órganos del Poder Nacional, Estadal y Municipal y sus Entes Descentralizados", de conformidad con lo dispuesto en los artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado, en su oportunidad, ordenará abrir el respectivo cuaderno de medidas por auto separado, en acatamiento de la decisión de esta Sala de fecha 14.2.96, ratificada mediante decisiones de fechas 27.3.96 y 1°.7.03, en la cual se establece que "...a juicio de esta Sala, la medida cautelar innominada exige que haya habido la constitución de las partes en el proceso, es decir, que la litis se hubiere trabado"- concluye el auto.

 

Fecha de Publicación:
  16/03/2007

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