miércoles, 04 de julio de 2007
Sentencia de la Sala de Casación Social
Inadmisible recurso de apelación interpuesto contra un acto administrativo dictado por el Inti
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Sobre este expediente se dio cuenta a la Sala el 17 de octubre de 2006

 

            La Sala de casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia del magistrado Luis Franceschi Gutiérrez, declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la representante judicial de Agropecuaria Monte Carlo, C.A. y otros contra el fallo interlocutorio emanado del Juzgado  Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 21 de septiembre de 2006, referente al recurso de nulidad de acto administrativo conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, que interpusieron la parte ya citada contra el acto administrativo dictado el 29 de junio de 2006 por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras, Inti.

    

EL PROCESO

            De acuerdo con el expediente, la remisión el Juzgado Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Lara, remitió a la Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social, cuaderno separado de medidas del expediente contentivo del recurso de nulidad de acto administrativo conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, que interpusieran la sociedad mercantil Agropecuaria Monte Carlo C.A, y Luis Bernardo Meléndez Gutiérrez y Cenovia Herrera de Meléndez, como accionistas de la precitada empresa, sin representación judicial acreditada en autos, contra el acto administrativo dictado en Sesión Nº 16-06, punto de cuenta Nº 038, de fecha 29 de junio de 2006, por el directorio del Inti.

            Esta remisión se efectuó motivado al recurso de apelación propuesto por la abogada Mariana Meléndez Herrera, "actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora según instrumento poder que cursa en autos, contra la decisión interlocutoria de fecha 21 de septiembre de 2006, dictada por el tribunal de la causa, conforme a la cual se admite a sustanciación la presente acción, pero se niega la solicitud de amparo cautelar peticionada".

El 17 de octubre se dio cuenta en Sala, donde se designó al Magistrado ponente y el 24 de abril de 2007 se llevó a cabo la audiencia oral de informes.

 

LA SALA DECIDIÓ

            Del estudio del caso la Sala de Casación Social indicó, entre otras cosas, que no se ha constatado la existencia del instrumento poder que demuestre la representación que se atribuye la abogada que actúa como apoderada judicial de la parte apelante. Igualmente, no se ha podido verificar la existencia del instrumento poder que faculte al abogado Luis Bernardo Meléndez Gutiérrez, quien comparece a la audiencia oral de informes, para actuar en representación de la empresa Agropecuaria Monte Carlo C.A., así como tampoco consta documento alguno que certifique la condición de accionista que éste se atribuye, y en base a la cual actúa en el caso de autos.

            Concluyó la instancia que en virtud de lo anterior se debió declarar inadmisible el recurso de apelación propuesto, el cual se oyó en un sólo efecto por el tribunal de la causa, en razón de no poder verificarse la representación que se atribuyen los profesionales del derecho que actuaron en el presente asunto y así lo decidió.

 

Autor:
  PRENSA/TSJ

Fecha de Publicación:
  04/07/2007

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