jueves, 23 de agosto de 2007
Dictamen de la Sala Especial Agraria
Con lugar recurso de apelación interpuesto por el INTI
Ver Sentencia

           La Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social, con ponencia de su vicepresidente, magistrado Juan Rafael Perdomo, declaró con lugar un recurso de apelación interpuesto por la representación judicial del Instituto Nacional de Tierras (INTI), contra un auto emanado del Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y de los estados Miranda, Vargas, Guárico y Amazonas, del 23 de mayo de 2006, por lo que se revocó  el auto objeto de apelación y se declaró la perención breve en el asunto de autos.

 

ANTECEDENTES DEL CASO     

            En el presente caso el mencionado Juzgado Superior, remitió a la Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social el expediente del recurso de nulidad, conjuntamente con amparo cautelar, seguido por Eglantina Parés Díaz, contra el acto administrativo adoptado en Sesión N° 53-05, Punto N° 161, del 31 de mayo de 2005, por el Directorio Nacional del INTI.

            Eglantina Parés Díaz interpuso acción de nulidad contra el acto administrativo adoptado por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras el 31 de mayo de 2005, conforme al cual se acordaba la declaratoria de tierras ociosas o incultas sobre las tierras que integran la Hacienda La Culebra, ubicada en el estado Miranda; que el lote de terreno denominado Hacienda La Culebra es de origen público de la Nación y que se declara Fundo Zamorano para el desarrollo endógeno al referido fundo.  

            El 17 de mayo de 2006 la representación judicial del ente accionado, solicitó al tribunal de la causa que se declare el desistimiento del presente recurso de nulidad. La remisión del expediente a la Sala Especial Agraria se debió a la apelación que ejerció la representación judicial del INTI, contra el auto dictado por el referido Juzgado Superior, que el 23 de mayo de 2006, consideró improcedente la solicitud de desistimiento del presente recurso de nulidad solicitada por el ente demandado.

 

SALA ESPECIAL AGRARIA SE PRONUNCIA

            La Sala Especial Agraria al estudiar el caso observó que según cómputo de la Secretaría del tribunal de la causa, desde la fecha en que se ordenó la publicación del Cartel para los terceros interesados, hasta el día 20 de febrero de 2006, transcurrieron 40 días consecutivos, más no se indica cuantos de estos fueron hábiles, sólo se advierte que son días consecutivos, contando sábados y domingos, motivo por el cual, y conforme a las actas que cursan en el expediente, "esta Sala no podía determinar si efectivamente transcurrieron los 10 días hábiles a los cuales hace referencia el criterio emanado en la decisión N° 615, de fecha 4 de junio de 2004, ya citado, y así poder verificar si la parte actora cumplió o no, dentro del lapso legal, con la obligación de retirar a efectos de su publicación, y la respectiva posterior consignación, del cartel de notificación de terceros".

            En vista de lo planteado, la Sala Especial Agraria, el 8 de junio de 2007, solicitó al tribunal de la causa el cómputo de los días de despacho que transcurrieron en ese tribunal en los meses de enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2006. "Recibida la información en esta Sala, se constató que desde el 11 de enero de 2006, hasta el día 20 de febrero de 2006 transcurrieron 29 días de despacho, razón por la cual deberá declararse con lugar la apelación propuesta, en razón de que se consumó la perención breve", indicó la sentencia de la Sala del TSJ.               

            Se declaró entonces con lugar el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial del INTI, contra del auto emanado del Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y de los estados Miranda, Vargas, Guárico y Amazonas, del 23 de mayo de 2006, por lo que se revocó  el auto objeto de apelación y se declaró la perención breve en el asunto de autos.

Fecha de Publicación:
  23/08/2007

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