miércoles, 31 de octubre de 2007
Aseguró la Directora General de Asuntos Sindicales del CNE
Los actos que el CNE realiza como apoyo a procesos electorales sindicales se ajustan a los preceptos constitucionales
María Padrón de Valladares expresó que la República Bolivariana de Venezuela, a través del máximo organismo comicial, garantiza el acercamiento de justicia y de democracia preceptuados en la Carta Magna, ¿ya que en todos sus actos se preservan las garantías constitucionales que soportan el sistema electoral de nuestro país¿

           La Directora General de Asuntos Sindicales y Gremiales del Consejo Nacional Electoral (CNE), María Padrón de Valladares, intervino este miércoles como ponente en el  Congreso Internacional de Derecho Electoral y Participación Ciudadana, que se realiza en la sede del Tribunal Supremo de Justicia, en el que disertó sobre "Los procesos electorales en el ámbito sindical"

            Al iniciar su intervención, efectuó un paseo histórico sobre el surgimiento del movimiento sindical en el mundo y la experiencia electoral sindical en Venezuela. Allí manifestó, entre otras cosas, que "el movimiento sindical surgió en el mundo como consecuencia de los procesos de industrialización y ello estuvo directamente vinculado con la gestación del capitalismo, etapa en que surgen dos nuevas clases sociales, es decir, la clase obrera y la burguesía".

            En nuestro país, manifestó la experiencia que le ha aportado al sindicalismo venezolano la dinámica del desarrollo propio de nuestra Nación y además su integración con las distintas estructuras organizativas sindicales a nivel mundial, le colocan a la fecha en condiciones de igualdad al resto de las organizaciones internacionales.

 

PARTICIPACIÓN CIUDADANA: GARANTÍA DE DEMOCRATIZACIÓN

            Posteriormente disertó Padrón de Valladares sobre la importancia vital para el devenir socio participativo de la colectividad venezolana y particularmente de los actores sindicales, en los distintos procesos electorales que adelanta el Consejo Nacional Electoral, en el marco de los principios constitucionales.

            Al respecto manifestó que la participación ciudadana, tanto en los procesos de elección de cargos públicos, como en los de sindicatos, gremios y todos aquellos de la sociedad civil que le han sido encomendados al Poder Electoral, han contado con la supervisión del ente electoral, "como elemento que garantiza la democratización de la organización de que se trate, brindando la mayor transparencia y celeridad, para contribuir al resguardo y preservación de los intereses del colectivo nacional, lo cual a su vez nos permitirá como país, ofrecer al resto del mundo el ejemplo de que la mejor prueba de democracia en una sociedad se fundamenta en la amplia participación de todos sus ciudadanos en igualdad de condiciones".

            Sobre ese particular expresó que el máximo ente comicial del país cumple en dos fases en relación con los procesos comiciales en el ámbito sindical, la primera, es el de orientador técnico del proceso electoral y la otra fase es la de árbitro del mismo. Explicó que la primera se inicia una vez emitida la autorización de convocatoria y en la misma se establece una estrecha relación de orientación técnica con los interesados.

            En la segunda fase explicó que se inicia una vez aprobado el proyecto electoral. "Es precisamente en ese momento, cuando los interesados se encargan de ejecutar las distintas tareas que les conducen al término de su objetivo electoral y el Poder Electoral se limita a orientarles en cuanto a la solución de cualquier inconveniente que se les presente".

            Para la funcionaria del máximo ente comicial, la República Bolivariana de Venezuela, a través del CNE, garantiza el acercamiento de justicia y de democracia preceptuados en la Carta Magna, "ya que en todos sus actos se preservan las garantías constitucionales que soportan el sistema electoral de nuestro país".

           

CIFRAS EN LA ACTIVIDAD ELECTORAL SINDICAL

            Al hablar de la actividad electoral sindical, precisó que hasta la fecha hay 3.816 organizaciones sindicales inscritas desde el año 2001 hasta el presente; 2.062 procesos electorales autorizados por el CNE, en virtud de haber cumplido con los requisitos establecidos. De estas, un total de 1.471 han sido reconocidos por la administración electoral, por haber efectuado sus elecciones en apego a la normativa vigente.

            En la actualidad, expresó, un importante número de organizaciones sindicales, se encuentra ejecutando sus proyectos electorales y otras se encuentran en la fase de resolución de impugnaciones.

            En materia electoral sindical, ponente aseguró que el Consejo Nacional Electoral, "ofrece plena garantía a todos los afiliados de las organizaciones sindicales, en cuanto a que los actos que esta institución realiza como apoyo a sus procesos electorales, están ajustados plenamente a los preceptos constitucionales, entre los que su participación en igualdad de condiciones es plena y en absoluta concordancia con lo preceptuado en el artículo 51 de nuestra Carta Magna".

            Al respecto indicó que los afiliados de las organizaciones sindicales, una vez iniciado su proceso electoral, pueden presentar ante su propia Comisión Electoral  y/o ante este organismo electoral, impugnaciones, quejas o reclamos sobre los elementos que estime perturbadores de la elección de que se trate.

            Agregó que tal garantía en algunos casos, es ofrecida incluso por la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, la cual se avoca al conocimiento de causas relativas a la materia electoral sindical, puesto que con la entrada en vigencia de la Carta Magna, se creó la jurisdicción contencioso electoral para ser ejercida por el TSJ, a través de la referida Sala.

            Para finalizar la Directora General de Asuntos Sindicales y Gremiales del Consejo Nacional Electoral, destacó la labor que desempeña el órgano comicial, en cuanto se refiere al arbitraje y mediación  en los distintos conflictos que se presentan durante el desarrollo de la mayoría de los procesos electorales sindicales, "en los cuales muchas veces la simple participación de un órgano distinto a los actores naturales, permite aligerar  la solución y en otros casos, permite ofrecer alternativas por la vía de resolución de conflictos, lo cual de inmediato redunda en la continuidad del proceso electoral de que se trate", concluyó María Padrón de Valladares.


Fotografía Jesús Castillo

Fotoleyenda: María Padrón disertó sobre los procesos electorales en el ámbito sindical durante su intervención en la sede del Máximo Tribunal del país.


Autor:
  Prensa TSJ

Fecha de Publicación:
  31/10/2007

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