jueves, 14 de febrero de 2008
Petición presentada por Guaicaipuro Lameda
Inadmisible solicitud de avocamiento presentada por ex Presidente de Pdvsa

 

                La Sala de Casación Penal, con ponencia de su presidenta, magistrada Deyanira Nieves Bastidas, declaró inadmisible la solicitud de avocamiento presentada el pasado 25 de octubre por Guaicaipuro Lameda Montero, sobre la causa que se le seguía ante el Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, por la presunta comisión del delito de rebelión civil.  

            En su sentencia la Sala del Máximo Tribunal del país indicó, entre otras cosas, que a Guaicaipuro Lameda Montero le fue concedida amnistía por decreto presidencial, en los hechos ocurridos el 12 de abril de 2002, lo cual de acuerdo a la sentencia dictada por el Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, el 25 de enero de 2008, originó el sobreseimiento de la causa, por extinción de la acción penal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 318, numeral 3 y el 48, numeral 2, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.

            En vista de lo anterior la Sala del TSJ indicó que "no existen razones para que la Sala de Casación Penal, conozca sobre la solicitud de avocamiento presentada por el defensor del mencionado ciudadano, en virtud de que la sentencia dictada por el Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, del 25 de enero de 2008, produjo la extinción de la acción penal y consecuencialmente la cosa juzgada, al habérsele otorgado tal beneficio", por lo que se declaró inadmisible la solicitud de avocamiento propuesta por la defensa de Guaicaipuro Lameda.    

Fecha de Publicación:
  14/02/2008

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