jueves, 28 de febrero de 2008
Apertura del año Judicial en Vargas
Es impostergable la entrada en vigencia del nuevo Código de Ética del Juez y Jueza Venezolano
El Orador de Orden del evento fue el General de Brigada del Ejército Damián Nieto, quien es el presidente de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial y autor del anteproyecto de este Código.



El contenido del anteproyecto del Código de Ética del Juez y Jueza Venezolano, fue parte importante del contenido del discurso del General de Brigada del Ejército Damián Adolfo Nieto Carrillo, en la sesión solemne con motivo de la Apertura del Año Judicial en el estado Vargas.

En el acto estuvieron presentes, la jueza rectora del estado Vargas, Victoria Vallés; la juez presidenta del Circuito Judicial Vargas, Norma Sandoval; la Fiscal Superior del Ministerio Público del estado Vargas, Sonia Angarita; la Defensora del Pueblo del estado Vargas, Carmen Beatriz Segura; el Procurador General del estado Vargas, Jesús Figuera, entre otras personalidades judiciales y del resto de los poderes del estado.

El general Nieto, quien es presidente de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, recordó que este órgano es supra constitucional creado por la Asamblea Nacional Constituyente. Explicó que su competencia es la determinación de la responsabilidad disciplinaria de los jueces de la República, sean estos provisorios, suplentes, accidentales, temporales o jurisdicción disciplinaria consagrada en el artículo 267 Constitucional.

El Orador de Orden además es autor del anteproyecto del Código de Ética del Juez y Jueza Venezolano, que presentó a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Manifestó que este  anteproyecto incorporará al Sistema de Administración de Justicia el medio normativo que permita la aplicación del régimen disciplinario a los jueces y juezas de la República.

Explicó que la estructura formal del anteproyecto consta de 100 artículos, tres disposiciones transitorias y una derogatoria, así como una disposición final. Dentro del Título IV: Del Procedimiento Disciplinario consta de varias secciones: De la Investigación, De la Acusación ante el Tribunal Disciplinario Judicial, De la Audiencia Oral Pública, De la Liberación y de la Decisión, De la Apelación y De la Ejecución de la Decisión.

El General Nieto considera que el Sistema de Administración de Justicia en Venezuela, requiere la restauración de la llamada jurisdicción disciplinaria con el fin de contribuir al rescate de la credibilidad y la confianza de la población en los jueces y juezas de la República. "Por esta razón es impostergable la entrada en vigencia de un Código de Ética del Juez y Jueza Venezolanos".

 

EL DEBER SER DEL JUEZ

Expresó el General que "los principios de la Ética personal aprendidos y asimilados con fundamento en los valores atesorados por la Sociedad, coexisten con los Principios General del Derecho y los regulan la labor del Juez, asociados al Derecho Procesal; todos de la mayor importancia, de aplicación concurrente, sin que existan relación de subordinación entre uno y otro".

Enumeró las cualidades que debe tener el Juez: garante del debido proceso; respetuoso de los derechos y libertades fundamentales; aplicador de las normas del derecho sustantivo; director del proceso; gerente; independiente y autónomo; conocedor y ejecutor del uso técnico de la palabra hablada; conocedor de las ciencias sociales y humanísticas; comprometido con el rol que le corresponde; y los más altos principios éticos y valores morales.

Los valores del Juez enumerados por el General Nieto fueron que sea: justo, honesto, transparente en su conducta como servidor público, imparcial, conciliador, responsable, ponderado, ecuánime, íntegro, ejemplo para la comunidad, garante en la tutela de los intereses jurídicos fundamentales, recto en su proceder, firme en sus principios morales y éticos, y progresista en las interpretaciones humanitarias y reconocedoras de los valores superiores de la persona.

Agregó que además el Juez debe estar: al servicio de la comunidad, capacitado para administrar justicia, abierto a los cambios y a las nuevas corrientes jurídicas, dispuesto a asumir los riesgos de su misión, y en buen estado de salud física y psíquica.

Entre las habilidades y destrezas que el Orador de Orden mencionó que debe poseer un Juez, estas son: capacidad para el uso técnico de la palabra hablada, conciencia de su rol como servidor público, vocación de servicio, aptitud para el trabajo sin tregua, constancia y tenacidad, coraje y temple necesario para asumir la responsabilidad de sus decisiones, equilibrio emocional, capacidad para escuchar y razonar, una cultura general amplia que le permita ser abierto a los cambios y transformaciones de la sociedad y convicción ética de la importancia y responsabilidad de su papel en la sociedad.

Finalmente, consideró como conocimientos necesarios que un Juez debe dominar suficientemente los relacionados con: las normas éticas implícitas en la misión de juzgar; los derechos humanos, el derecho constitucional; los principios generales del derecho; la realidad política, social y económica en la cual le corresponde actuar; la materia del tribunal de su competencia; las técnicas de la argumentación; las herramientas informáticas que le faciliten el buen desempeño de sus funciones; el manejo del lenguaje oral y escrito; la doctrina y la jurisprudencia como guía y no como dogma; y los medios alternativos de resolución de conflictos.

 

 

 

 

 

Autor:
  PRENSA/TSJ

Fecha de Publicación:
  28/02/2008

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