jueves, 03 de abril de 2008
Privilegiando el interés superior de un niño
TSJ ordena a Tribunal de Protección ejecutar sentencia que condenó a CADAFE a indemnizar familia por muerte de un ciudadano
Ver Sentencia

            La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia de la magistrada presidenta Evelyn Marrero Ortíz, ordenó al Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, que establezca un mecanismo por medio del cual se asegure la forma más beneficiosa para la ejecución de una sentencia que condenó a pagar a la sociedad mercantil Compañía Anónima de Administración y Fomento Eléctrico (CADAFE), el pago de ochenta millones de bolívares (Bs. 80.000.000,oo) por concepto de indemnización por daño moral producido con ocasión de la muerte del ciudadano Olier José Azócar Rodríguez.

 

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR

            Le correspondió a la Sala en esta oportunidad emitir un pronunciamiento sobre la solicitud presentada por el apoderado judicial de la parte demandada y, a tal efecto, observó que mediante decisión del 26 de septiembre de 2007, publicada el 27 del mismo mes y año bajo el N° 01602, la Sala decretó la ejecución voluntaria de la sentencia N° 00736 dictada el 16 de mayo de 2007, publicada el 17 de igual mes y año, en la que se declaró con lugar la demanda intentada por las apoderadas judiciales de los ciudadanos Ernesto José Azócar Rísquez, Olimpia Cristela Rodríguez de Azócar y Adalucanny Josefina Fernández Martínez, esta última actuando en nombre y representación de su hijo, el niño Olier José Azócar Fernández, condenando a CADAFE a pagar a los accionantes la suma de ochenta millones de bolívares (Bs. 80.000.000,oo) por concepto de indemnización por daño moral producido con ocasión de la muerte del ciudadano Olier José Azócar Rodríguez.

            De los cuales corresponde al padre del occiso, Ernesto José Azócar Rísquez, la suma de veinte millones de bolívares (Bs. 20.000.000,oo); a la madre, Olimpia Cristela Rodríguez de Azócar, la suma de veinte millones de bolívares (Bs. 20.000.000,oo) y al hijo, el niño Olier José Azócar Fernández, la cantidad de cuarenta millones de bolívares (Bs. 40.000.000,oo).

            Es así que en fecha 8 de enero de 2008 el apoderado judicial de CADAFE, solicitó a la Sala "se sirva indicarnos la forma en que debe darse cumplimiento a la sentencia [N° 00736 dictada el 16 de de mayo de 2007, publicada el 17 del mismo mes y año], en lo que respecta al precitado menor Olier José Azócar Rodríguez".

            Ahora bien, por cuanto la representación judicial de la sociedad mercantil demandada solicitó a esta Máxima Instancia que señale la manera como su representada debe cumplir lo acordado en la mencionada sentencia N° 00736 del 16 de mayo de 2007, publicada el 17 de igual mes y año, por lo que la Sala, en resguardo del interés superior del niño Olier José Azócar Fernández, co-demandante en esta causa, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.859 Extraordinario de fecha 10 de diciembre de 2007, y ante la ausencia de alguna disposición especial que regule la materia, ordenó al Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, previa remisión que haga la Sala de las copias certificadas de este fallo y de las sentencias números 00736 y 01602 de fechas 17 mayo y 27 de septiembre de 2007, respectivamente,  establecer un mecanismo por medio del cual se asegure al niño Olier José Azócar Fernández, por intermedio de su representante legal, ciudadana Adalucanny Josefina Fernández Martínez, su madre, la forma más beneficiosa para la ejecución de lo dispuesto en sentencia N° 00736 de fecha 17 mayo de 2007 respecto a la indemnización acordada a su favor, a fin de garantizarle sus derechos e intereses; el Tribunal deberá supervisar que ese dinero sea utilizado para sufragar los gastos de educación, alimentación, salud, vestido y vivienda del referido niño.

 

EN INTERES SUPERIOR DEL NIÑO

            Finalmente, en resguardo del interés superior del niño Olier José Azócar Fernández, co-demandante en la causa, la Sala estimó necesario notificar al Ministerio Público a fin de que designe a un funcionario competente en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de conformidad con el artículo 170, literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, quien deberá tomar las medidas necesarias para el cumplimiento de esta decisión en todas sus partes.

            Establecido lo anterior, a Sala declaró procedente la solicitud efectuada el 8 de enero de 2008 por el apoderado judicial CADAFE.

 

Fecha de Publicación:
  03/04/2008

Pagina Web:
  

Correo Electrónico
  

Ir al tope

Recomendar esta página a un amigo(a)