miércoles, 24 de septiembre de 2008
Juzgado de Sustanciación de la Sala Político-Administrativa
Admitida demanda contra C.V.G. Industria Venezolana de Aluminio, C.A.
Ver Sentencia

            El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político-Administrativa admitió la demanda por daños materiales, lucro cesante e incumplimiento de contrato, interpuesta el pasado 30 de julio de 2008, por la apoderada judicial de las sociedades mercantiles Corporación ANF, S.A., Aleaciones No Ferrosas, S.A., Inversiones Alfamin, C.A., Inversiones 5182, C.A., Corporación Aliada, C.A., Inversiones AL FE, C.A., Inversiones Guadelva, C.A. e Inversiones Alti 1, C.A., contra la C.V.G. Industria Venezolana de Aluminio, C.A.  (C.V.G. Venalum).

            Después de revisar el Juzgado de Sustanciación las causales de inadmisibilidad contenidas en el aparte quinto del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, admitió cuanto ha lugar en derecho la referida demanda.

            En vista de la admisión se ordenó emplazar a la C.V.G. Industria Venezolana de Aluminio, C.A.  (C.V.G. Venalum), en la persona de su presidente, Isaías Suárez Chourio, para que comparezca ante el Juzgado de Sustanciación dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a aquél en que conste en autos su citación, a dar contestación a la demanda.

            Igualmente se acordó notificar a la Procuradora General de la República, y una vez que conste en autos su notificación, la causa quedará suspendida a tenor de lo dispuesto en el artículo 96 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Además, se ordenó librar oficio, remitiéndole a dicha funcionaria copia certificada de la solicitud, de la presente decisión y demás documentos pertinentes.

 

 

 

Fecha de Publicación:
  24/09/2008

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