martes, 18 de noviembre de 2008
La Sala Social declaró con lugar recurso de casación
Anulada sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua
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La Sala del Máximo Tribunal ordenó librar oficio a la Inspectoría General de Tribunales y a la Comisión Judicial del TSJ, y remitir copia fotostática de la presente decisión ¿a los fines de aperturar el correspondiente procedimiento administrativo y establecer las sanciones a que hubiere lugar contra la Juez Titular del Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua -Abogada Ana Cristina Iciarte Herrera-.¿

La Sala de Casación Social, en ponencia de la magistrada Carmen Elvigia Porras de Roa, anuló la sentencia dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, el 16 de noviembre de 2007, en relación con un juicio seguido por José de Jesús Herrera Hernández, contra la sociedad mercantil Plumrose Latinoamericana, C.A.

 

            Se trata de un juicio por cobro de indemnizaciones derivadas de enfermedad profesional seguido por Herrera Hernández, contra mencionada sociedad mercantil, en el que el referido Juzgado Superior, mediante decisión del 16 de noviembre de 2007, declaró parcialmente con lugar el recurso de apelación interpuesto por Herrera, con lugar el recurso de apelación de la parte demandada y revocó el fallo del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la referida Circunscripción Judicial el 19 de junio de 2007, que declaró sin lugar la demanda.

 

            Contra la sentencia del mencionado Juzgado Superior ambas partes ejercieron oportunamente recurso de casación, los cuales fueron admitidos y formalizados en el término legal.

 

            Al ser estudiado el recurso de casación presentado por la parte demandante, la Sala del Alto Tribunal constató que se esgrimió la falsa aplicación de los artículos 5 y 58 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

 

            Entre otras cosas, la Sala del Alto Tribunal indicó que en el presente caso José de Jesús Herrera Hernández, con fundamento en la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial de Aragua, en fecha 8 de junio de 2006, en el expediente DP11-l-2005-000718, que declaró parcialmente con lugar la demanda por cobro de indemnizaciones derivadas de accidente de trabajo contra Plumrose Latinoamericana, C.A., demandó en vía autónoma el cobro de la indemnización prevista en el parágrafo tercero del artículo 33 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (Lopcymat), y el lucro cesante.

 

            Agrega la sentencia del TSJ que "advierte la Sala que una vez determinada la identidad de las partes, los conceptos reclamados y el título, es decir, los supuestos de procedencia de la institución procesal de la cosa juzgada, procede su declaratoria y la misma presupone: a) la inimpugnabilidad del fallo, es decir, que la sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, no puede ser revisada por ningún juez cuando ya se hayan agotado todos los recursos; b) la inmutabilidad, según la cual la sentencia no es atacable indirectamente "por no ser posible sustanciar un proceso por el mismo tema, es decir, no puede otra autoridad modificar los términos de una sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada"; y c) la coercibilidad, que consiste en la eventualidad de ejecución forzada en los casos de sentencia de condena."

 

            Determinada la eficacia jurídica de la cosa juzgada, la Sala observó que "la Juez de Alzada, pese a declarar la existencia de la cosa juzgada, procedió a decidir el mérito del asunto, condenando a la sociedad mercantil accionada Plumrose Latinoamericana, C.A., al pago del lucro cesante, en cuyo quantum englobó la indemnización reclamada por concepto de "secuelas" previstas en el artículo 33 numeral 3 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, aspecto declarado improcedente en su motiva y sobre los cuales operó la cosa juzgada, subvirtiendo el orden público laboral e infringiendo el derecho a la defensa de la parte demandada."

 

            En vista de lo señalado se declaró con lugar la denuncia, por lo que de conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se anuló el fallo impugnado y procedió el estudio de las actas procesales para dictar sentencia de mérito.

 

            Al respecto precisó la Sala de Casación Social que en vista de que el objeto de la presente demanda, persigue el pago de indemnizaciones derivadas de la enfermedad profesional, sufrida por José de Jesús Herrera Hernández, "sobre las cuales esta Sala precedentemente declaró la cosa juzgada, por lo que resultan improcedentes los conceptos reclamados."

 

ERROR INEXCUSABLE

            Asimismo, advierte la Sala del TSJ que "no puede dejar pasar por alto la censurable conducta desplegada por la Juez Titular del Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua -Abogada Ana Cristina Iciarte Herrera-, en la sentencia dictada en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por órgano del Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 16 de noviembre de 2007, con la cual violentó el derecho a la defensa -de la parte demandada-, previsto en los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela e infringió la institución de la cosa juzgada establecida en los artículos 57 y 58 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, subvirtiendo el orden público laboral, el decoro y la institucionalidad del Poder Judicial, lo cual permite a esta Sala calificar dicha conducta como error inexcusable, que atenta contra el sistema de justicia y el Estado Social de Derecho y de Justicia proclamado en el artículo 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela."

 

            Como consecuencia de lo anterior la Sala ordenó librar oficio a la Inspectoría General de Tribunales y a la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia y remitir copia fotostática de la presente decisión "a los fines de aperturar el correspondiente procedimiento administrativo y establecer las sanciones a que hubiere lugar contra la Juez Titular del Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua -Abogada Ana Cristina Iciarte Herrera-."

Autor:
  PRENSA/TSJ

Fecha de Publicación:
  18/11/2008

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