jueves, 20 de noviembre de 2008
Auto para mejor proveer de la Sala Político Administrativa
Solicitan información sobre demanda intentada contra la Alcaldía Metropolitana
Ver Sentencia

En esta decisión se tomó en consideración el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil y a su vez se ordenó notificar nuevamente al Alcalde Metropolitano sobre el caso



             La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia del magistrado Hadel Mostafá Paolini, ordenó oficiar a la Procuraduría Metropolitana de Caracas, a los fines de que remita la información referente a la demanda incoada por la sociedad mercantil Praxair Venezuela, S.C.A contra la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas, por cobro de bolívares.

 

            Indica el expediente que la Sala Político Administrativa del TSJ, mediante sentencia N° 0764 del 2 de julio de 2008, ordenó la notificación del Distrito Metropolitano de Caracas, para que manifestara dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a que constara en autos la misma, el consentimiento requerido para el desistimiento del procedimiento formulado en la referida demanda.

 

            Vale destacar que el 15 de julio de 2008 se libraron los oficios de notificación dirigidos al Alcalde Metropolitano de Caracas y a la sociedad mercantil Praxair Venezuela S.C.A. y mediante diligencia del 28 de julio de 2008, el Alguacil de la Sala dejó constancia de la notificación efectuada al burgomaestre, en virtud de la entrega del oficio respectivo en la oficina de correspondencia de su Despacho el 15 del mismo mes y año. Se dejó también constancia de haber practicado la notificación de la demandante en la persona de su apoderado judicial el 30 de septiembre de este mismo año.

 

POSICIÓN DE LA SALA

            En virtud de que el 28 de julio se dejó constancia en el expediente sobre la notificación hecha al Distrito Metropolitano y que transcurrió el lapso de diez (10) días de despacho acordados sin que hasta la fecha haya comparecido, la Sala ordenó notificar al  Procurador Metropolitano de Caracas, para que manifieste si presta o no el consentimiento requerido para la homologación del desistimiento del procedimiento efectuado por la parte actora en este juicio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual se conceden quince (15) días de despacho contados a partir de que conste en el expediente la notificación del presente auto, luego de lo cual la Sala proveerá lo conducente.

 

Autor:
  PRENSA/TSJ

Fecha de Publicación:
  20/11/2008

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