miércoles, 11 de febrero de 2009
Tribunal Supremo de Justicia
Juzgado de Sustanciación ordenó notificar a la Procuradora General de la República en relación a juicio de nulidad contra Cadivi
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             El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa, ordenó notificar a la Procuradora General de la República, en relación al caso referido al juicio de nulidad intentado contra la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), por la sociedad mercantil ISF Integradores de Soluciones Financieras, C.A..

 

            Apreciado el escrito presentado por la abogada Marbelia Carrasquel, actuando con el carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil ISF Alpiz Integradores de Soluciones Financieras, C.A., mediante el cual promueve pruebas en la acción de nulidad intentada por su representada por virtud del silencio administrativo producido en el ejercicio del recurso jerárquico interpuesto en fecha 14 de febrero de 2005, ante el Ministro del Poder Popular para las Finanzas, contra el acto administrativo s/n de fecha 9 de diciembre de 2004, dictado por la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), en el cual se negó a la empresa recurrente las divisas solicitadas por un monto de diez mil novecientos doce dólares americanos (US$ 10.912,00); el Juzgado, siendo la oportunidad legal de su admisibilidad, pasó a decidir.

 

            En este sentido, el Juzgado admitió cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la sentencia definitiva, las documentales indicadas en los Capítulos primero y segundo del escrito de promoción de pruebas, los cuales se contraen a reproducir el mérito favorable de los autos, así como también las documentales producidas con el mencionado escrito e indicadas en el referido Capítulo primero; y, por cuanto dichos documentos cursan en autos, se ordenó mantenerlos en el expediente.

 

            Hecho el pronunciamiento anterior, el Juzgado ordenó notificar a la Procuradora General de la República, a tenor de lo dispuesto en el artículo 86 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, librando de tal forma el correspondiente oficio al cual se le anexa copia certificada de la presente decisión.

 

Fecha de Publicación:
  11/02/2009

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