lunes, 16 de noviembre de 2009
Sentenció la Sala de Casación Social
Declarada parcialmente con lugar demanda intentada por ex trabajador
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La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia de su presidente magistrado Omar Mora Díaz, declaró parcialmente con lugar la demanda intentada por Aquiles Antonio Méndez Bembeni, contra la sociedad mercantil Zaramella & Pavan Construction Company, S.A.

             El presente caso se refiere a un procedimiento por cobro de indemnizaciones derivadas de enfermedad profesional, seguido por Aquiles Méndez Bembeni, contra la mencionada sociedad mercantil, en el que el Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, el 28 de febrero de 2008, declaró: 1°) con lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia del extinto Juzgado Tercero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial de la referida entidad; y 2°) sin lugar la demanda, quedando revocado el fallo apelado.

 

            Contra la decisión del mencionado Juzgado Superior la representación judicial de Aquiles Méndez Bembeni, interpuso recurso de casación, el cual fue declarado con lugar por la Sala de Casación del TSJ, por lo que se anuló la sentencia dictada por el Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia.

 

            Posteriormente la Sala de Alto Tribunal del país se pronunció sobre el fondo de la controversia y constató que el demandante alegó que prestó servicios para la empresa demandada desde el 30 de noviembre de 1987, desempeñándose en el cargo de "Maquinista de Bongo".

 

            Indicó Aquiles Méndez que el 8 de noviembre de 1993 le fue diagnosticada una incapacidad total y permanente, ya que el 14 de octubre de 1992, mientras cumplía con sus labores habituales de trabajo, en el área del Lago de Maracaibo, presentó un cuadro febril, esputando partículas de un color negruzco, siendo trasladado a un centro asistencial.

 

            Agregó el demandante, entre otras cosas, que el Dr. Argenis D´ Windt, médico especialista, luego de haberlo examinado encontró "un cuadro clínico con tos-dolor torxcico posterior, intenso intermitente, punzante, fiebre intermitente y expectoración de partículas sólidas negruzcas compatibles con carbón". Agrega que el examen pulmonar practicado, posteriormente, reveló "un defecto ventilatorio mixto (obstructivo-restrictivo), con repercusión en la capacidad vital que traduce un compromiso moderado de su función respiratoria".

 

            De la sentencia del Máximo Juzgado se desprende, entre otras cosas, que la Sala consideró ajustado acoger el criterio establecido por la Juez de la Primera Instancia, con relación a los supuestos objetivos que le sirvieron de fundamento para motivar el daño moral sufrido por el demandante, esto son, entre otros, la privación de su fuente de trabajo, en virtud de la incapacidad para el ejercicio de su profesión habitual y las dificultades física que experimenta derivado de las secuelas causadas por la enfermedad que le impiden al actor un normal desenvolvimiento moral, laboral y familiar acorde con su juventud; "más no así el monto estimado en treinta y cinco millones de bolívares (Bs. 35.000.000,00 o Bs.f. 35.000,00), toda vez que ya han pasado más de siete (7) años, aproximadamente, desde que se estableció tal condenatoria, no siendo la misma sujeta a indexación acorde al inveterado criterio jurisprudencial de la Sala."

 

            Precisa la sentencia que "la Sala por vía de equidad considera prudente elevar la cantidad condenada a cincuenta mil bolívares fuertes (Bs. 50.000,00) como indemnización por concepto de daño moral."

Autor:
  PRENSA/TSJ

Fecha de Publicación:
  16/11/2009

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