lunes, 17 de mayo de 2010
Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa
Admitida reforma de recurso de nulidad ejercido contra Ministro del Poder Popular para el Comercio
Ver Sentencia

Se ordenó citar a las ciudadanas Fiscal General de la República y Procuradora General de la República, y al ciudadano Ministro del Poder Popular para el Comercio





            El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa admitió la reforma de un recurso de nulidad incoado por la sociedad mercantil Daiichi Sankyo Company Limited, contra el hoy Ministro del Poder Popular para el Comercio, en razón del "AVISO OFICIAL" publicado en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial N° 495, dictado por el Viceministro de Industrias Ligeras y Comercio.

 

            De igual manera, contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° 2078 del 08.06.04, publicada en el Boletín de la Propiedad Industrial N° 470  del 16.02.05, dictada por el ciudadano Registrador de la Propiedad Industrial, en el cual declaró "sin lugar el recurso de reconsideración ejercido en contra de la Resolución Nº 306, publicada en el Boletín de la Propiedad Industrial Nº 429 de fecha 20.04.99, que negó la inscripción de la solicitud de registro del signo ZELON, solicitado por la referida sociedad mercantil en fecha 31.03.98 bajo el Nº 5609-98""

 

            Este Juzgado, luego de revisar las causales de inadmisibilidad contenidas en el aparte quinto del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, y como quiera que no se encuentran presentes en este asunto,  admitió en cuanto ha lugar en derecho la reforma de la acción de nulidad incoada.

 

            En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el aparte once del artículo 21 eiusdem, se ordenó citar a las ciudadanas Fiscal General de la  República y Procuradora General de la República,  y al ciudadano Ministro del Poder Popular para el Comercio, remitiéndoles copias certificadas de la solicitud, de la reforma, de la documentación acompañada a ésta, y de la presente decisión.

Autor:
  PRENSA/TSJ

Fecha de Publicación:
  17/05/2010

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