miércoles, 26 de mayo de 2010
Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa del TSJ
Admiten acción de nulidad planteada por ASOTER
Ver Sentencia

Luego de revisar las causales de inadmisibilidad contenidas en el aparte quinto del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, decidió admitir ¿cuanto ha lugar en derecho¿ la presente controversia

             El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, admitió la acción de nulidad planteada por la Asociación de Oficiales Técnicos Retirados de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (ASOTER), contra el  acto  administrativo contenido en la resolución Nº 011031, emanado del ciudadano Ministro del Poder Popular para la Defensa.

 

            Mediante dicha resolución, se pasó "a la situación de retiro por tiempo de servicio cumplido (") a los coroneles técnicos pertenecientes a las promociones de 1976, 1977, 1978 y 1979, y miembros de la asociación de oficiales técnicos en situación de retiro allí señalados".

 

            En este sentido, el Juzgado, luego de revisar las causales de inadmisibilidad contenidas en el aparte quinto del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, decidió admitir "cuanto ha lugar en derecho" la presente controversia.

 

            En consecuencia, ordenó citar a las ciudadanas Fiscal General de la República y Procuradora General de la República, y al ciudadano Ministro del Poder Popular para la Defensa, para lo cual remitió copias certificadas de la solicitud, de la documentación acompañada a ésta y de la presente decisión.

Autor:
  PRENSA/TSJ

Fecha de Publicación:
  26/05/2010

Pagina Web:
  

Correo Electrónico
  

Ir al tope

Recomendar esta página a un amigo(a)