martes, 15 de junio de 2010
Sala de Casación Civil decidió
Conceden fuerza ejecutoria a sentencia de divorcio dictada en EEUU
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La sentencia extranjera objeto del presente análisis, se encuentra en armonía con lo establecido en el orden público venezolano

            La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia de su presidenta, magistrada Yris Armenia Peña Espinoza, concedió fuerza ejecutoria en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia dictada por el Tribunal del Circuito del Condado de Fairfax, Florida. Estados Unidos de América, mediante la cual se disolvió el vínculo matrimonial que existía entre los ciudadanos Benigno Alarcón Deza y Rita Carolina Vigorita Odreman. 

 

            Se trata de una solicitud de exequátur de la sentencia dictada en fecha 28 de junio de 2007, por el mencionado tribunal extranjero, hecha por parte de los apoderados judiciales de ambos solicitantes el 12 de agosto de 2009. 

 

DECISIÓN

            En el presente caso la Sala observó que la República Bolivariana de Venezuela no ha celebrado tratado público alguno en materia de reconocimiento y la ejecución de sentencias de divorcio con Estados Unidos.

 

            "Por tal motivo, considerando la señalada particularidad y teniendo en cuenta lo relativo a la jerarquía de las fuentes, corresponde a esta Sala determinar que en el caso examinado, a los fines de resolver lo solicitado, deben ser aplicadas las normas de derecho internacional privado venezolano, razón por la cual debe examinarse en el presente fallo, si la sentencia extranjera de la cual se trata cumple o no con los requisitos establecidos en el artículo 53 de la mencionada ley", dice la sentencia.

 

            Luego de observar y analizar una serie de consideraciones, la Sala tomó en cuenta que la sentencia extranjera objeto del presente análisis, "se encuentra en armonía con lo establecido en el orden público venezolano".

 

            Para la Sala, el vínculo matrimonial resultó disuelto, "conforme a la normativa legal vigente en la República Bolivariana de Venezuela, así como lo decidido en relación con los derechos inherentes a la hija menor de dicha pareja".

 

            Razón por la cual, la Sala consideró que a la sentencia de divorcio dictada por el Tribunal del Circuito del Condado de Fairfax, Florida Estados Unidos de América en fecha 28 de junio de 2007, cuya eficacia han solicitado Benigno Alarcón Deza y Rita Carolina Vigorita Odreman, "debe concedérsele el pase legal solicitado", y así lo estableció.

Autor:
  PRENSA/TV

Fecha de Publicación:
  15/06/2010

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