miércoles, 25 de agosto de 2010
Dictaminó la Sala de Casación Penal
TSJ radica en el estado Trujillo causa seguida contra funcionarios policiales del Zulia
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            La Sala de Casación Penal, en ponencia de la magistrada Miriam Morandy Mijares, declaró con lugar la solicitud de radicación presentada por el Ministerio Público, de la causa seguida contra un grupo de funcionarios de la Policía Regional del estado Zulia, por la comisión de varios delitos. En consecuencia el Máximo Tribunal del país ordenó radicar el caso en un tribunal de control del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo.

 

            Se trata de la causa seguida contra Carlos Humberto Lozada Molina, Florencio López, Joe Ramón Pirela Torres, Ricardo Antonio Moguea, Jackson Enrique Graterol, Jean Carlos Briceño Sacramento, Henry José Barroso Echeverria, Hito Fernández Fernández y Alfonso Antonio Chacón, por la presunta comisión de los delitos de concusión, privación ilegítima de libertad, falsedad de actos, violación de domicilio, y asociación para delinquir; y Humberto Pérez Suárez, por los presuntos delitos de extorsión en grado de complicidad y asociación para delinquir, en perjuicio de Belarmina Del Carmen Padilla, Miguelanyela Mejía Padilla y Oscar Mengual; así como el Estado venezolano.   

           

            Para fundamentar la petición de radicación el Ministerio Público (MP), indicó que los delitos presuntamente cometidos por los mencionados ciudadanos, son de carácter grave y han causado alarma, sensación y escándalo público por ser los imputados funcionarios policiales y en virtud de la gran difusión que han dado al hecho los medios de comunicación, lo cual puede perturbar la adecuada administración de justicia.

 

            Agregó el MP que las víctimas se abstienen a denunciar al autor o autores de los delitos para salvaguardar la vida y la de sus familiares. Además, indicó la Fiscalía que la causa se encuentra paralizada desde el 13 de enero de 2010, debido a los múltiples diferimiento de la audiencia preliminar, lo cual se debería a tácticas dilatorias al proceso por parte de la defensa de los imputados.

           

            Luego de revisar el expediente del caso, la Sala de Casación Penal constató que efectivamente se trata de varios delitos de carácter grave (concusión, privación ilegítima de libertad, falsedad de actos, violación de domicilio y asociación para delinquir) y aunado a ello, las personas involucradas en los hechos son varios funcionarios de la Policía Regional (estado Zulia), a quienes se les ha señalado como presuntos autores de los mismos.

 

            Agregó la Sala del TSJ que los hechos han sido suficientemente reseñados en los medios de comunicación, de manera tal, que se ha generado con ello, un estado de alarma, conmoción y escándalo público, quedando demostrado dicho extremo con las informaciones aparecidas en páginas de internet indicadas por la parte solicitante de la radicación.

 

            En vista de lo anterior la Sala de Casación Penal, con el propósito de resguardar la seguridad de todas las partes involucradas en el presente proceso, así como garantizar el derecho a acceder a los órganos jurisdiccionales, de forma expedita, equitativa y con respeto a las garantías constitucionales y legales inherentes al proceso penal; en atención a lo consagrado en los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 63 del Código Orgánico Procesal Penal, declaró con lugar la radicación del juicio, por lo que se ordenó radicar la causa en un tribunal de control del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo.

 

Fecha de Publicación:
  25/08/2010

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