miércoles, 22 de septiembre de 2010
Sala Social del Tribunal Supremo de Justicia
Sin lugar recurso de hecho en juicio por prestaciones sociales
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            La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, en ponencia de su presidente magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, declaró sin lugar el recurso de hecho interpuesto contra la decisión de fecha 26 de marzo de 2010, dictada por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta.

 

            El presente caso trata sobre el cobro de prestaciones sociales que sigue el  ciudadano Eddy Perdomo Fuentes contra la sociedad mercantil la Distribuidora y Almacenadora Auri, C.A. y terceros; esta última sin representación judicial en autos.

 

            Para el caso, el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, conociendo por apelación de la parte actora, en la incidencia de la oposición al embargo realizada por las terceras ciudadanas Aurelia Olimpia Rodríguez de Cárdenas y Melissa Isabel Cárdenas Rodríguez, en sentencia publicada el 16 de marzo de 2010, declaró sin lugar la oposición, revocando la decisión proferida por el a quo, de fecha 15 de abril de 2005. 

 

            Contra esa decisión las terceras opositoras anunciaron oportunamente recurso de casación, el cual fue negado por auto de fecha 26 de marzo de 2010, y contra dicha negativa, éstas interpusieron recurso de hecho en fecha 5 de abril de 2010.

 

            Del análisis del auto que negó la admisión del recurso de casación, la Sala de Casación Social, aprecia que la decisión contra la que se anunció dicho recurso es un auto dictado en fase de ejecución de sentencia, y que la Alzada fundamentó la negativa de admisión del recurso en la improcedencia de éste contra las decisiones dictadas en fase de ejecución.

 

            De allí que la Sala de Casación Social, declara sin lugar el recurso de hecho interpuesto contra la decisión de fecha 26 de marzo de 2010, que negó el recurso de casación anunciado contra la decisión dictada por ese mismo Tribunal en fecha 16 de marzo del mismo año.

Fecha de Publicación:
  22/09/2010

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