La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia de la magistrada Carmen Elvigia Porras De Roa, declaró inadmisible, por ininteligible, la solicitud presentada por la organización política Primero Justicia, por intermedio de Elenis Rodríguez y María del Carmen Ponte, sobre el desempeño de la Fiscala General de la República, Luisa Ortega Díaz.
Según argumentó la parte solicitante, la Fiscala General de la República en algunas oportunidades actúa de manera "distorsionada", evidenciando una marcada inclinación político-partidista, reñida con la moral y la ética que debe profesar esta alta funcionaria.
Sin embargo la Sala Plena del Máximo Tribunal del país indicó en su dictamen que "la organización política solicitante no proporciona razones claras, pertinentes y suficientes que demuestren de manera fehaciente que la Fiscala General de la República, ciudadana Luisa Ortega Díaz, haya actuado de manera contraria a la investidura de su cargo; tampoco precisa en qué consiste tal actuación ni la vinculación entre la situación de hecho que configura el supuesto acto lesivo, y los derechos constitucionales que presuntamente le han sido conculcados."
Agrega la Sala Plena en su pronunciamiento que de la lectura detallada del texto de la solicitud, se advierte que en la misma se plantean una serie de consideraciones que resultan ininteligibles para hacer posible un pronunciamiento de fondo. "En este sentido, si la pretensión no es suficientemente comprensible, deviene su inadmisibilidad conforme a lo previsto en el artículo 19, quinto aparte, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia". |