lunes, 01 de noviembre de 2010
La Sala decidió la ejecución forzosa de la sentencia
TSJ decreta embargo ejecutivo de la empresa Babcock de Venezuela por Sidor
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            La Sala Político Administrativo del Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, decretó la ejecución forzosa de la sentencia número 0881, la cual resuelve el embargo ejecutivo de los bienes de la sociedad mercantil Babcock de Venezuela, C.A., por la empresa Siderúrgica del Orinoco, C.A. (Sidor).

 

            En la sentencia, con ponencia de la magistrada presidenta Evelyn Marrero Ortíz, se señala que el juicio obedece a una demanda (sin lugar) por cumplimiento de contrato e indemnización de daños y perjuicios ejercida por la representación judicial de la empresa Babcock contra Sidor. Esta última, a su vez, interpuso la reconvención, la cual fue declarada con lugar, y se condenó a la empresa Babcock de Venezuela, C.A, al pago de la cantidad que resultase de la actualización monetaria del monto de Setecientos Veintitrés Mil Setecientos Setenta y Dos Bolívares con Setenta y Cinco Céntimos (Bs. 723.772,75), expresados ahora en la cantidad de Setecientos Veintitrés Bolívares con Setenta y Siete Céntimos (Bs.723, 77).

 

            A tal efecto observó la Sala que  por decisión N° 0104 del 29 de enero de 2009, el TSJ, con vista a las resultas de la experticia complementaria del fallo elaborada por la Gerencia de Estadísticas Económicas del Banco Central de Venezuela (BCV), estableció que el monto de la condenatoria es de Bs. 490.901,63, de conformidad con la sentencia N° 0881 dictada el 29 de julio de 2008.

 

            Más tarde, el apoderado judicial de Sidor, solicitó se decrete la ejecución voluntaria de la sentencia N° 0881, dictada el 29 de julio de 2008, publicada el 30 de ese mismo mes y año. A lo que la Sala Político Administrativa, mediante sentencia N° 0468 publicada el 27 de mayo de 2010, decretó la ejecución voluntaria del fallo N° 0881, y fijó un lapso de diez días de despacho siguientes a la notificación a Babcock a los fines de que la empresa diera cumplimiento a lo dispuesto en la sentencia.

 

            Pasado el tiempo establecido de la ejecución voluntaria por parte de Babcock, sin que la dicha empresa diera cumplimiento a la ejecución voluntaria del fallo N° 0881, el 28 de septiembre de 2010 la representación judicial de la empresa Sidor, solicitó el decreto de la ejecución forzosa de la decisión N° 0881.

           

            Finalmente, una vez analizado el caso, la Sala de TSJ ordenó el embargo de bienes pertenecientes a la empresa Babcock de Venezuela, C.A. por una suma que no exceda del doble de la mencionada cantidad, es decir, Bs. 981.803,26, más el monto equivalente al treinta por ciento (30%) de dicha cantidad (Bs. 294.540,97), lo cual da un valor total de Bs. 1.276.344,23.

 

 

 

Fecha de Publicación:
  01/11/2010

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