miércoles, 10 de noviembre de 2010
Juzgado de Sustanciación del TSJ
Admiten pruebas en juicio seguido por la empresa Alfonso Rivas & CIA, C.A
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            El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, admitió las pruebas promovidas por la representante judicial de la República Bolivariana de Venezuela,  abogada María Luz Revollo Blanco, contra la acción de nulidad interpuesta por la sociedad mercantil Alfonzo Rivas & Cia, C.A.

 

            El juicio viene dado por el acto administrativo que el Ministerio del Poder Popular para  Planificación y Finanzas levantó contra la empresa Alfonso Rivas & CIA,  y mediante el cual  declaró sin lugar el Recurso Jerárquico intentado por la empresa  contra la decisión dictada por la Dirección General de Inspección y Fiscalización. Además de confirmar en todas  y cada una de sus partes el acto administrativo recurrido y la obligación del pago de la multa por la cantidad Bs F. 485.401,50.

 

            Una vez revisado los documentos, el Juzgado decide admitir "en cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente  ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la sentencia definitiva, la prueba de informes, solicitada en el escrito de promoción de pruebas".

 

            En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 433 del Código de Procedimiento Civil, el Juzgado acuerda oficiar al Banco Central de Venezuela, a fin de que en un lapso de cinco días de despacho contados a partir del recibo del correspondiente oficio, "informen y remitan copias certificadas al Tribunal sobre lo solicitado por la promovente".

 

            Asimismo, el Tribunal Supremo de Justicia, ordena notificar a la ciudadana Procuradora General de la República, a tenor de lo dispuesto en el artículo 86 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

 

 

Fecha de Publicación:
  10/11/2010

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