lunes, 15 de noviembre de 2010
Dictaminó la Sala de Casación Penal del TSJ
Radicado en el estado Anzoátegui juicio por homicidio seguido a ex prefecto de Camaguán
Ver Sentencia

            La Sala de Casación Penal, con ponencia de la magistrada Blanca Rosa Mármol de León, declaró procedente la solicitud de radicación hecha por la defensa de Jhonny Ramón Moreno Navas, del juicio que se le sigue ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, con sede en Calabozo, por la comisión del delito de homicidio intencional calificado, previsto y sancionado en los ordinales 1° y 2° del artículo 406 del Código Penal, en perjuicio de Yanetzy Yolimar Rico Peña. El TSJ ordenó radicar el juicio en el Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui.

 

            Al estudiar la solicitud de radicación planteada, la Sala de Casación Penal constató que los hechos imputados al acusado, Jhonny Moreno Navas, ciertamente constituyen delito grave (homicidio calificado) el cual ha sido reseñado ampliamente en la prensa regional, causando en la población de Calabozo, estado Guárico, alarma, sensación y escándalo público por el hecho grave en sí de la muerte de una educadora, presuntamente cometido por el ex prefecto de la población de Camaguán, pareja de la occisa.

 

            Además, en los recaudos presentados en esta solicitud, la Sala evidenció que los familiares y amigos de la víctima han protestado en varias oportunidades a las puertas del Circuito Judicial Penal de Calabozo, pidiendo "pena máxima para asesino de educadora camaguense".

 

            Indica la sentencia del Alto Tribunal, entre otros aspectos, que en el presente caso "están dadas las circunstancias de alarma, sensación o escándalo público, a que se refiere el primer supuesto contenido en el artículo 63 del Código Orgánico Procesal Penal, y por ello es necesario y conveniente para la mejor y más cabal administración de justicia, la radicación del presente juicio, sin menoscabo del buen crédito del cual son merecedores los órganos judiciales del estado Guárico."

 

            En vista de lo anterior, la Sala de Casación Penal declaró procedente la solicitud de radicación del presente juicio penal planteada por la defensa de Jhonny Moreno Navas, por lo que ordenó radicar el presente juicio en el Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui.  

 

Fecha de Publicación:
  15/11/2010

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