martes, 23 de noviembre de 2010
Sentenció la Sala de Casación Penal
TSJ desestimó recurso interpuesto por condenada a prisión por delito de contrabando
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           La Sala de Casación Penal, con ponencia de su vicepresidenta, magistrada Deyanira Nieves Bastidas, desestimó por manifiestamente infundado el recurso de casación interpuesto por la defensa de Luisa Fernanda Godoy De González, contra una sentencia la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, que confirmó la sentencia que la condenó a prisión por el delito de contrabando. La magistrada Blanca Rosa Mármol de León salvó el voto en la presente decisión.

 

            Sobre este caso el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, condenó a Luisa Fernanda Godoy De González, a 4 años y 6 meses de prisión por el señalado delito, tipificado en el artículo 2 de la Ley sobre el Delito de Contrabando, en relación con el artículo 3 ordinal 4º, de ese cuerpo legal. Además fue condenada al pago de la multa de Bs.F 925.342,80 y el comiso de la mercancía incautada de su equipaje cuando arribó al país en un vuelo procedente de Panamá, consistente en metales preciosos.

 

             La defensa de Luisa Fernanda Godoy De González apeló la sentencia anterior, pero

la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, la declaró sin lugar y confirmó la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio. 

 

             Posteriormente la defensa de la condenada presentó recurso de casación, pero la Sala Penal del máximo tribunal del país señaló en su sentencia, entre otras cosas, que de manera alguna señaló o indicó si hubo o no violación de ley, ni cuál o cuáles disposiciones legales consideró infringidas, por lo que su planteamiento carece de la fundamentación necesaria a tenor de lo dispuesto en los artículos 460 y 462 del Código Orgánico Procesal Penal (COPP), que obligan al impugnante a indicar el motivo de procedencia del recurso, el cual sólo podrá fundarse en violación de la ley, por falta de aplicación, por indebida aplicación o errónea interpretación.

 

            En vista de lo anterior la Sala del TSJ desestimó por manifiestamente infundado el recurso de casación interpuesto por la defensa de Luisa Fernanda Godoy De González, al no estar llenos los extremos legales necesarios establecidos en el artículo 462 del COPP, quedando así confirmada la sentencia condenatoria contra la referida ciudadana.

 

Fecha de Publicación:
  23/11/2010

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