jueves, 17 de marzo de 2011
Dictaminó la Sala Constitucional
Tribunal Supremo declaró inadmisible recurso interpuesto por Pablo Medina
Ver Sentencia

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en Sala Constitucional y ponencia de su vicepresidente, magistrado Francisco Carrasquero López, declaró inadmisible la solicitud de revisión interpuesta por Pablo Medina, de la decisión N° 49 del 28 de julio de 2010, dictada por la Sala Plena del TSJ.

 

La referida decisión de la Sala Plena declaró con lugar la solicitud presentada por el Fiscal Septuagésimo Cuarto del Ministerio Público con competencia en el Área Metropolitana de Caracas, de desestimación de una denuncia interpuesta por Pablo Medina contra el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela.

 

Señala la Sala Constitucional que Pablo Medina presentó la solicitud de revisión "pero no le anexó copia certificada del fallo objeto de la misma (sino que consignó una copia simple), omitiendo justificar tal actuación."

 

Recordó la Sala del Máximo Juzgado del país que es carga procesal del solicitante, efectuar la correspondiente consignación de copia certificada de la sentencia cuya revisión se solicita, para que la Sala verifique su admisibilidad.

 

Como en el presente caso el solicitante no acompañó copia certificada del fallo cuya revisión pretende y no justificó tal omisión, "considera esta Sala que la copia simple del fallo objeto de revisión no suple el referido documento fundamental", por lo que se declaró inadmisible la petición.

Fecha de Publicación:
  17/03/2011

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