lunes, 04 de abril de 2011
Dictaminó la Sala de Casación Penal del TSJ
Firme sentencia condenatoria en un caso de violencia sexual contra una adolescente
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En ponencia de su vicepresidenta, magistrada Deyanira Nieves Bastidas, la Sala de Casación Penal declaró sin lugar un recurso interpuesto por la defensa de Édgar Alexander Brito Santana, por lo que se mantiene firme la sentencia condenatoria en su contra por la comisión de los delitos de violencia sexual y amenaza, en perjuicio de una adolescente.

 

            Los hechos que originaron el presente caso ocurrieron en el año 2008 en las inmediaciones de Quinta Crespo, Caracas, cuando el referido ciudadano abusó sexualmente de una adolescente bajo amenaza con un arma blanca; al año siguiente el mismo individuo intentó repetir el hecho en las inmediaciones de Puerto Escondido, sin embargo fue sorprendido y aprehendido por funcionarios de la Policía de Caracas, quienes le incautaron un cuchillo.

 

El Juzgado Primero de Primera Instancia, en función de Juicio, en materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, condenó a Édgar Brito Santana a 17 años de prisión, por la comisión de los delitos de violencia sexual y amenaza, previstos y sancionados en los artículos 43 y 41, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, respectivamente.

 

La defensa de Édgar Brito apeló la decisión condenatoria, sin embargo la Corte de Apelaciones de Violencia Contra la Mujer del mencionado Circuito Judicial Penal, declaró sin lugar la apelación y confirmó el dictamen del Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio.

 

Posteriormente la defensa de Brito presentó recurso de casación contra la sentencia de la Corte de Apelaciones, que al ser estudiado por la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), precisó que la razón no asiste a Édgar Brito, por lo que de conformidad con lo establecido por el artículo 467 del Código Orgánico Procesal Penal, se declaró sin lugar el recurso propuesto.

Fecha de Publicación:
  04/04/2011

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