lunes, 09 de mayo de 2011
Sentenció el Tribunal Supremo de Justicia
Firme sentencia condenatoria contra dos ciudadanos en un caso de violación
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El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en Sala de Casación Penal y ponencia del magistrado Héctor Coronado Flores, desestimó por manifiestamente infundado un recurso de casación interpuesto por la defensa de los ciudadanos Mario Johan Díaz Ortega y Erick Estefano León Lara, condenados a prisión por la comisión del delito de violación sexual en grado de coautores, en perjuicio de una ciudadana.

 

En el presente caso, el 02 de agosto de 2010, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Barinas, declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa de los referidos ciudadanos, contra una sentencia del Tribunal Tercero de Juicio del mismo circuito judicial penal, que los condenó a 13 años y 4 meses de prisión, por la comisión del delito de violación sexual en grado de coautores. Posteriormente los acusados interpusieron recurso de casación.

 

El TSJ al estudiar el recurso de casación presentado, constató que existe  confusión en cuanto a la técnica recursiva y la exposición de una serie de planteamientos entremezclados, "lo que dificulta conocer la verdadera pretensión del impugnante, no pudiendo la Sala, suplir la actuación propia del recurrente, razón por la cual, lo procedente de conformidad con el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal, es desestimar por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto por la defensa de los acusados", concluyó la sentencia.

Fecha de Publicación:
  09/05/2011

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