viernes, 18 de noviembre de 2011
TSJ confirma sentencia condenatoria en un caso de abuso sexual a adolescente
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El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) a través de su Sala de Casación Penal, declaró sin lugar el recurso de casación presentado por la defensa de Cipriano Avendaño Jaimes, contra una sentencia de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Barinas, el 15 de diciembre de 2010. En consecuencia quedó firme la condena contra el referido ciudadano por la comisión de los delitos de abuso sexual a adolescente agravado en grado de continuidad e introducción de papel moneda falsa.

 

La sentencia de la referida Corte de Apelaciones declaró sin lugar la apelación presentada por Cipriano Avendaño contra el fallo dictado el 20 de agosto de 2010 por el Tribunal Tercero de Juicio del mismo circuito judicial, que lo condenó a  25 años, 10 meses, 16 días y 12 horas de prisión por la comisión de los mencionados delitos.

 

Contra la sentencia de la Corte de Apelaciones la defensa de Cipriano Avendaño presentó recurso de casación, al alegar que dicha instancia no expuso los fundamentos de hecho y derecho mediante los cuales resolvió las denuncias planteadas en el recurso de apelación.

 

Sin embargo la Sala del TSJ, en ponencia del magistrado Héctor Coronado Flores, al estudiar el caso comprobó que la Corte de Apelaciones al dictar su fallo dio respuesta a los alegatos que fueron sometidos a su consideración en la apelación, por lo que dicha instancia no incurrió en el vicio denunciado y se declaró sin lugar el recurso de casación propuesto por la defensa de Cipriano Avendaño Jaimes.

 

Los hechos que originaron el presente caso ocurrieron en un hotel del estado Barinas, en el que se apersonaron efectivos policiales de la entidad y al tocar la puerta en una de las habitaciones les abrió Cipriano Avendaño, quien se identificó como progenitor de una adolescente que estaba sentada sobre la cama llorando. Además al referido ciudadano le consiguieron dinero en efectivo falso.

Fecha de Publicación:
  18/11/2011

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