jueves, 08 de diciembre de 2011
TSJ admite acción de nulidad contra una Ordenanza sobre Espectáculos Taurinos
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La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en ponencia de su vicepresidente, magistrado Francisco Carrasquero López, admitió la acción de nulidad interpuesta por la ciudadana Celina Vega, contra la Ordenanza sobre Espectáculos Taurinos dictada por el entonces Concejo Municipal del Distrito Federal (hoy Distrito Capital), publicada en la Gaceta Municipal N° 778, del 29 de julio de 1988.

 

Esgrimió Celina Vega que la referida Ordenanza vulnera el artículo 127 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela al concebir las corridas de toros como espectáculos públicos, porque el Estado tiene la obligación de proteger a todas las especies vivas. Agregó que en las corridas de toros no sólo se infringe daños a dichos animales, sino también a los caballos y a la misma sociedad.

 

Constató la Sala del Alto Tribunal del país que el recurso judicial interpuesto no incurre en las causales de inadmisibilidad que establece el artículo 133 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, por lo que fue admitida la acción de nulidad, "sin perjuicio de la potestad que asiste a esta Sala de examinar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad y procedencia en cualquier estado y grado del proceso", precisa la sentencia.

 

Al ser admitida la acción de nulidad, se ordenó citar al Presidente del Concejo Municipal del Distrito Capital y al Síndico Procurador del referido Distrito; notificar a la Fiscal General de la República, la Defensora del Pueblo, además, acordó notificar a Celina Vega ya que la admisión se produjo fuera del lapso previsto en el artículo 132 de la mencionada Ley Orgánica.

Fecha de Publicación:
  08/12/2011

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