viernes, 24 de agosto de 2012
Sala Electoral declara inadmisible acción de amparo contra Rafael Uzcátegui
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            La Sala Electoral con ponencia de su presidenta, magistrada Jhannett Madríz Sotillo, declaró inadmisible una acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos Luis Alejandro Tellería Dorante y José Manuel López, contra el ciudadano Rafael Uzcátegui.

 

            En el presente caso Luis Tellería Dorante y José Manuel López, alegando actuar como "Secretario General Nacional y Secretario General de Organización", de Patria Para Todos (PPT), interpusieron la acción de amparo, contra Uzcátegui, quien en sentencia N° 87 del 06 de junio de 2012 de la Sala Electoral fue designado para que cumpla con las atribuciones conferidas por los estatutos al Secretario General del PPT y para la ejecución de todo lo ordenado en dicho fallo.

 

            Recordó la Sala del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que dado los términos en que fue planteada la pretensión de Alejandro Tellería Dorante y José Manuel López, se concluyó que la misma no reviste el elemento de extraordinariedad exigido por la doctrina y la jurisprudencia para la viabilidad del amparo constitucional, de allí que se declaró inadmisible, de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 5, así como el numeral 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, por existir un medio ordinario, como es el procedimiento de ejecución de sentencias, dispuesto para dilucidar la pretensión.

Fecha de Publicación:
  24/08/2012

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